sábado, 2 de julio de 2016

FIN DEL CONFLICTO COLOMBIANO, EL CESE BILATERAL AL FUEGO Y DE HOSTILIDADES

POR HORACIO DUQUE
Entre el gobierno de Juan Manuel Santos y las FARC, se ha llegado a un acuerdo que prácticamente consolida el fin de la guerra y el conflicto social y armado.
El fin del conflicto incluye el cese bilateral del fuego y de hostilidades, las garantías de seguridad y lucha contra el paramilitarismo ultraderechista y sus sucesores regionales y la refrendación del pacto final.
Dada la magnitud de lo consensuado, y sin hacer a un lado su integralidad, lo que conviene, en principio es examinar los detalles del corazón de este paso. Es decir, al cese bilateral del juego y hostilidades.


Momento en que el presidente de Colombia, Juan Manuel Santos y el comandante de las Farc, Timoleón Jiménez, sellan el acuerdo 
definitivo del cese bilateral del fuego, durante acto especial en La Habana.


Dicho esquema tiene hondas repercusiones porque, de hecho, implica la extinción de la insurgencia agraria como cuerpo guerrillero y la transformación de la estructura, funcionamiento y operación de las Fuerzas Militares del Estado oligárquico colombiano. Por encima de documentos y discursos, las Fuerzas Armadas y policiales deberán ser impactadas radicalmente en su organización, distribución, papel y tareas, que hasta la firma de este acuerdo, se focalizaban en operaciones contrainsurgentes anticomunistas y contrarrevolucionarias, contando con el apoyo del paramilitarismo financiado por los grandes poderes económicos, políticos y sociales prevalentes en el régimen político.
Las zonas de ubicación de los destacamentos guerrilleros y la dejación de las armas son los dos núcleos básicos del Cese al fuego y de hostilidades bilaterales.
El objetivo principal del acuerdo consiste en la terminación definitiva de las acciones ofensivas entre la Fuerza Pública y las FARC-EP, y en general de las hostilidades y cualquier acción prevista en las Reglas que Rigen el Cese al fuego y de hostilidades bilateral/CFHBD, incluyendo la afectación a la población.
Veamos en detalle estos dos aspectos.
ZONAS DE UBICACIÓN Y ZONAS VEREDALES TRANSITORIAS DE NORMALIZACIÓN.
El Gobierno Nacional y las FARC-EP acordaron establecer 23 Zonas Veredales Transitorias de Normalización y 8 Campamentos.
Las Zonas Veredales Transitorias de Normalización tienen como objetivo garantizar el Cese al Fuego y Hostilidades Bilateral y Definitivo y la Dejación de las Armas e iniciar el proceso de preparación para la Reincorporación a la vida civil de las estructuras de las FARC-EP en lo económico, lo político y lo social de acuerdo con sus intereses. Estas Zonas son territoriales, temporales y transitorias.
Cada Zona contará con Equipos de Monitoreo Local. Tendrán facilidades de acceso por vía carreteable o fluvial; sus límites corresponden a los de la vereda donde se ubican; pudiendo ser ampliados o reducidos por mutuo acuerdo dependiendo del tamaño de la vereda, tendrán una extensión razonable que permite el monitoreo y verificación y el cumplimiento de los objetivos de las Zonas, fijando como referente accidentes geográficos o características del terreno. La salida de combatientes de las FARC-EP de los campamentos se hará sin armas y de civil.
El Gobierno Nacional y las FARC-EP se comprometen a que la implementación de este Acuerdo se realice sin ninguna limitación en el normal funcionamiento de las autoridades civiles no armadas, en el desenvolvimiento de la actividad económica, política y social de las regiones, en la vida de las comunidades, en el ejercicio de sus derechos; así como en los de las organizaciones comunales, sociales y políticas que tengan presencia en los territorios. Las autoridades civiles (no armadas) que tengan presencia en las Zonas permanecen y continuarán ejerciendo sus funciones en las mismas, sin perjuicio de lo acordado en el Cese al Fuego y Hostilidades Bilateral y Definitivo.
Las Zonas no pueden ser utilizadas para manifestaciones de carácter político. Los (as) integrantes de las FARC-EP que en virtud de la ley de amnistía hayan sido beneficiados con la excarcelación, y así lo deseen, se integran a dichas zonas para seguir el proceso de reincorporación a la vida civil. Para este fin, dentro de las Zonas se organizan sitios de estadía por fuera de los campamentos. Durante la vigencia del Acuerdo sobre CFHBD y dejación de las armas/DA; las FARC-EP designa un grupo de 60 de sus integrantes (hombres y mujeres) que pueden movilizarse a nivel nacional en cumplimiento de tareas relacionadas con el Acuerdo de Paz. Así mismo, por cada Zona, las FARC-EP, designa un grupo de 10 de sus integrantes que puede movilizarse a nivel municipal y departamental en cumplimiento de tareas relacionadas con el Acuerdo de Paz. Para estos desplazamientos los integrantes de las FARC-EP cuentan con las medidas de seguridad acordadas con el Gobierno Nacional. En los campamentos no habrá ni podrá ingresar población civil en ningún momento.
Durante la vigencia de las zonas se suspenderá el porte y la tenencia de armas para la población civil dentro de dichas Zonas. En caso de presentarse dentro de una Zona algún hecho o circunstancia que requiera la presencia de la Policía Nacional o cualquier otra autoridad armada del Estado se hace informando al Mecanismo de Monitoreo y Verificación, para que coordine el ingreso de acuerdo con los protocolos acordados por el Gobierno Nacional y las FARC-EP. La ubicación de los campamentos dentro de las Zonas se hará de forma que el Mecanismo de Monitoreo y Verificación pueda ejercer su función.
En desarrollo del proceso de preparación para la reincorporación a la vida civil de sus combatientes, las FARC-EP en coordinación con el Gobierno Nacional, podrán realizar dentro de las Zonas todo tipo de capacitación de los integrantes de las FARC-EP en labores productivas, de nivelación en educación básica primaria, secundaria o técnica, de acuerdo con sus propios intereses, jornadas de cedulación y demás actividades de preparación para la reincorporación y otras actividades necesarias para facilitar el tránsito a la legalidad de las FARC-EP.
ZONAS DE SEGURIDAD
Alrededor de cada Zona se establece una Zona de Seguridad donde no podrá haber unidades de la Fuerza Pública, ni efectivos de las FARC-EP con excepción de los equipos de monitoreo y verificación acompañados de seguridad policial cuando las circunstancias así lo requieran. El ancho de la Zona de Seguridad será de 1 kilómetro alrededor de cada Zona.
A partir del día D+1 la Fuerza Pública reorganizará el dispositivo de las tropas para facilitar el desplazamiento de las estructuras de las FARC-EP a dichas Zonas y para el cumplimiento del Acuerdo sobre el Cese al fuego y Dejación de las Armas. Por su parte a partir del día D+5, las distintas misiones, comisiones y Unidades Tácticas de Combate (UTC) de los frentes de las FARC-EP se desplazarán hacia dichas Zonas previamente acordadas, siguiendo las rutas de desplazamiento establecidas de común acuerdo entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP.
DEJACIÓN DE LAS ARMAS
Se trata de un procedimiento técnico, trazable y verificable mediante el cual la ONU recibe la totalidad del armamento de las FARC-EP para destinarlo a la construcción de 3 monumentos.
La dejación de las armas por parte de las FARC-EP se desarrollará en dos tiempos, denominados Control de Armamento y Dejación de las armas, que integran los siguientes procedimientos técnicos: registro, identificación, monitoreo y verificación de la tenencia, recolección, almacenamiento, extracción y disposición final.
Con la Firma del Acuerdo Final inicia el proceso de Dejación de las Armas de las FARC-EP, que incluirá el transporte del armamento a las zonas, la destrucción del armamento inestable, y la recolección y almacenamiento en contenedores del armamento individual de manera secuencial y en tres fases así: 1 Fase: D+90, el 30%; 2 Fase: D+120, el 30%; y 3 Fase: D+150, 40% restante.
Las FARC-EP contribuirá por diferentes medios, incluyendo el suministro de información, con la limpieza y descontaminación de los territorios afectados por minas antipersonal (MAP), artefactos explosivos improvisados (AEI), y municiones sin explotar (MUSE) o restos explosivos de guerra (REG) en general, teniendo en cuenta lo que se acuerde en el punto de Reincorporación a la vida civil en cuanto a la participación de las FARC-EP en la acción contra minas. Para garantizar el control efectivo del armamento en cada Zona se determinará un solo punto de almacenamiento, dentro de uno de los campamentos, en donde estarán ubicados los contenedores bajo el monitoreo y verificación permanente del Componente Internacional del Mecanismo de Monitoreo y Verificación, de acuerdo con los protocolos concertados entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP. Recibido el armamento el día D+150, a más tardar el día D+180 finalizará el proceso de extracción de las armas por parte de Naciones Unidas, conforme a los procedimientos acordados para esta materia y certificará el cumplimiento de este proceso procediendo a comunicarlo al Gobierno Nacional y a la opinión pública.
El día D+180 se da por terminado el funcionamiento de estas Zonas y el Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo.
MONITOREO Y VERIFICACIÓN
El acuerdo crea un Mecanismo de Monitoreo y Verificación que será tripartito, integrado por representantes del Gobierno Nacional (Fuerza Pública), de las FARC-EP, y un componente internacional.
Bogotá, junio de 2016.