martes, 26 de julio de 2016

NOTA DE PROTESTA DEL SECRETARIO GENERAL DEL CABILDO INTERRELIGIOSO DE COLOMBIA, RABINO DR. RICHARD GAMBOA BEN-ELEAZAR, A LA SEÑORA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL DRA. GINA PARODY, POR LA IMPOSICIÓN ARBITRARIA DE LA IDEOLOGÍA DE GÉNERO EN COLEGIOS PRIVADOS SECULARES Y CONFESIONALES DEL PAÍS

El suscrito Secretario General del CABILDO INTERRELIGIOSO DE COLOMBIA, en cumplimiento de los deberes ciudadanos que le conjura la Constitución Política Nacional en su Artículo 95, en uso del derecho que ésta le confiere en su Artículo 18, y en uso de las facultades que le confiere la Carta Estatutaria del Cabildo en su Artículo 39 numerales A y P, se permite presentar ante la Señora Ministra de Educación Nacional Dra. GINA PADODY, y poniendo al Pueblo Colombiano y a la Comunidad Internacional como testigos, la siguiente nota de protesta en los siguientes términos:
 
1. La señora Ministra de Educación Nacional, mediante diversas directivas, está imponiendo de manera arbitraria la Ideología de Género en todos los colegios privados y públicos del territorio colombiano y a partir del ciclo Preescolar. Tal pretensión está siendo justificada con la Sentencia T-478 de 2015 proferida por la Corte Constitucional, que ordena una revisión de los Manuales de Convivencia de todos los establecimientos educativos del país para erradicar toda forma de discriminación; y el fracasado proyecto de decreto presidencial que pretendía establecer en Colombia una política pública LGBTI, documento que tal cual estaba redactado, buscaba realmente establecer una Gestapo Gay para perseguir a todo aquel que manifestara estar en desacuerdo con el homosexualismo, como se denunció públicamente en su momento.
 
2. Como lo han advertido los diversos gremios educativos y cientos de entidades religiosas, las pretensiones de la señora Ministra de Educación Nacional son inconstitucionales, ilegales y violentan el derecho de los padres de familia a brindar a los hijos el tipo de educación religiosa, ética y moral de acuerdo con sus propias convicciones, derecho amparado por la Carta Magna en su Artículo 68, y ratificado por el Estatuto Legislativo de Libertad Religiosa Ley 133 de 1994 Artículo 6 Inciso H.
 
3.  La Ideología de Género, tal cual está siendo predicada y pretende ser impuesta por el Estado Colombiano a través del Ministerio de Educación Nacional, destruye los cimientos antropológicos, sociológicos y axiológicos del ser humano y de la sociedad. Anula al ser humano en su naturaleza y dignidad masculina y femenina, y promueve peligrosamente lahéterofobia, entendida como la discriminación contra quienes defienden las relaciones sexo-afectivas exclusivamente entre un varón y una mujer, y la monogamia como núcleo ideal de cohesión de las familias colombianas. Perjudica el sano y normal desarrollo de la identidad, el auto-concepto y el conocimiento de las realidades sexuales por parte de la población infantil colombiana, y se configura más en una política pública de proselitismo agresivo gay, que como una verdadera, objetiva y sana formación integral escolar en torno al tema de la sexualidad en sus dimensiones biológica, psicológica y ética.
 
4. La Ideología de Género que se pretende imponer desde el Ministerio de Educación Nacional y con el beneplácito de la Corte Constitucional, violenta peligrosamente la prevalencia del interés general por sobre el interés particular proclamado en el Artículo 1 de la Constitución Política Nacional. Violenta la inmunidad de coacción derivada de la libertad de conciencia (Declaración Universal de los Derechos Humanos, Art. 18; Constitución Política Nacional, Art. 18). Criminaliza la libertad de cátedra y de enseñanza de los padres de familias, docentes, líderes laicales y religiosos que defienden el modelo tradicional de familia como ideal antropológico, sociológico y axiológico universal, de acuerdo con los respectivos fundamentos doctrinales que cada entidad religiosa profesa (Constitución Política Nacional, Art. 27; Ley 133 de 1994, Art. 6).
 
5. Las recientes decisiones y pretensiones de la señora Ministra de Educación en materia de Ideología de Género en ambientes escolares, así como la misma Sentencia T-478 de 2015 proferida por la Corte Constitucional, violentan lo reglamentado por la Ley General de Educación 115 de 1994 Artículo 14 Inciso E., y lo manifestado por la propia cartera de gobierno mediante el Oficio MEN-2015-ER-177668 de fecha Octubre de 2015 y dirigida al Despacho del Secretario General del CABILDO INTERRELIGIOSO DE COLOMBIA en el marco de la Misiva Cautelar CIC-MC001-2015; oficio cuya página 2 menciona explícitamente que el Ministerio de Educación Nacional respetará celosamente el principio de autonomía institucional de los colegios privados seculares y religiosos en materia de Educación Sexual (principio proclamado por la Ley General de Educación Ley 115 de 1994, y el Decreto 1860 de 1994, Art. 14 y 15); permitiendo que éstos, según sus propios contextos, necesidades y situaciones, administren discrecionalmente los contenidos de Educación Sexual en el marco de sus propios Proyectos Educativos Institucionales – PEI.  
 
6. El CABILDO INTERRELIGIOSO DE COLOMBIA ratifica su denuncia pública de cómo desde el Estado Colombiano se está violando deliberada y sistemáticamente la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Constitución Nacional y las Leyes vigentes, mediante la persecución y criminalización de todos los creyentes, clérigos y laicos pertenecientes a las diversas Iglesias, Confesiones de Fe y demás Espiritualidades que se niegan a acatar decretos y fallos judiciales que atentan gravemente contra la vida y la dignidad humana, el bien común, la supremacía de los principios y valores éticos y morales universales en lo individual, lo colectivo, lo privado y lo público; y la sana cohesión social en condiciones de paz con justicia social, dignidad y rectitud.  
 
7. Como voz de la conciencia del Pueblo Colombiano, este consejo interreligioso nacional exhorta a la señora Ministra de Educación Nacional Dra. GINA PARODY, a respetar la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Constitución Nacional y las Leyes vigentes respecto al tema en cuestión. Le exigimos detener de inmediato sus pretensiones de imponer la Ideología de Género como política pública. Le exigimos no continuar más con la criminalización de los derechos derivados de las libertades religiosas, de conciencia y de culto que ejercen legítimamente los padres de familias, docentes y directivas de los colegios privados seculares y confesionales, y feligreses y líderes de las Iglesias, Confesiones de Fe y demás Espiritualidades presentes en el país; todos ellos primeros y directos responsables de la formación integral de las personas.
 
8. Rechazamos la acusación de que las Iglesias, Confesiones de Fe y demás Espiritualidades presentes en Colombia, promueven la homofobia como elemento esencial de sus respectivas doctrinas. Por el contrario, las Iglesias, Confesiones de Fe y Espiritualidades ancestrales y emergentes, denuncian y condenan cualquier acción, discurso o gesto simbólico que ponga en peligro la vida, la honra y los bienes de estas hermanas y hermanos. Pero advertimos que ninguna entidad religiosa estará dispuesta a reformar sus principios doctrinales y ético-morales con el fin de ajustarlos a las modas o a las tendencias mediáticas del momento, máxime si éstas atentan contra la vida y la dignidad humana, la moral pública y el bien común.
 
9. El CABILDO INTERRELIGIOSO DE COLOMBIA respalda y apoya los justos reclamos que, en la materia, lideran la Confederación Nacional de Asociaciones de Rectores y Colegios Privados de Colombia (ANDERCOP), la Confederación Nacional Católica de Educación (CONACED), la Asociación Colombiana de Educación Privada (ASOCOLDEP), la Confederación Colombiana de Establecimientos Educativos Privados (CONFENADESPRIV), la Asociación Nacional de Colegios Militares (ACOMIL), la Confederación Nacional de Educación Privada (CONEP), la Unión de Colegios Internacionales (UNCOLI) y la Mesa Nacional de Educación y Autonomía (MENACEA).
 
Esperamos que el Estado Colombiano a través de sus representantes, entre en razón, reconozca sus errores, y se abstenga de dar continuidad a toda iniciativa judicial, legislativa o ejecutiva, que ponga en peligro la unidad nacional, la justicia, la democracia, la vida, la dignidad humana y la paz.