sábado, 11 de febrero de 2017

Desarticuladas seis estructuras criminales de microtráfico en los municipios de Girardot y Flandes, Tolima

La venta de estupefacientes y el consumo de alcohol en espacio público, hacen parte de las infracciones más comunes al nuevo código de Policía.

Comprometidos con la reducción de la violencia y la delincuencia en el departamento de Cundinamarca, se instaló un consejo de seguridad ampliado en el municipio de Girardot.

En reunión liderada por el comandante de la Policía del departamento, Edwin Chavarro Rojas y el coronel de la Brigada 13 del Ejército Nacional, Gerardo Melo, con el apoyo de las alcaldías municipales, se dieron cita los concejales, ediles, presidentes de Juntas de Acción Comunal (JAC) y ciudadanos en general, con el fin de escuchar sus demandas frente a los problemas que les afectan en materia de orden público.

Así mismo, tras la atención y respuesta directa a la ciudadanía, autoridades y Policía se reunieron en mesa conjunta para realizar la proyección estratégica de acciones que garanticen la seguridad de los habitantes de Girardot y Flandes (Tolima).

Aunque se reporta una reducción significativa en el delito de homicidio en relación con el año anterior, la Policía y demás autoridades se comprometieron a ampliar la seguridad a través del incremento de suministros tecnológicos como cámaras de video para vigilancia, elementos de comunicación y alarmas; fortalecimiento de algunos cuadrantes y despliegue de estrategias operativas que permitan de manera especial, combatir el tráfico de sustancias psicoactivas entre los jóvenes de la región.


Avances en materia de seguridad y cumplimiento de nuevo código de Policía.

En lo corrido del año ya han sido realizadas 74 capturas por hurto y venta de estupefacientes. 21.275 gramos de alucinógenos se incautaron y seis estructuras criminales de microtráfico fueron desarticuladas en Girardot y Flandes.

Igualmente,  se interpusieron 31 comparendos por la Ley 1801, la mayoría de ellos por consumo de licor en espacio público (artículo 140 numeral 7).