Este pronunciamiento de la Corte Constitucional respecto de
las entidades del orden nacional reitera al Departamento para la Prosperidad
Social y a la Unidad para las Víctimas, el deber de diferenciación entre las
medidas de asistencia social, la Atención Humanitaria y la reparación integral,
así como aquellas relacionadas con la garantía del derecho a la igualdad y no
discriminación de las víctimas de desplazamiento forzado en el acceso a la
oferta del Estado.
Exhorta a que las disposiciones que se adopten para atender
la crisis generada por la pandemia, se realicen en pleno respeto del deber de
distinción entre los servicios de asistencia social, la atención humanitaria y
la reparación integral; y garanticen a las víctimas del desplazamiento forzado
el acceso a los programas y servicios que se implementen para atender a la
población en la emergencia producida por la pandemia.
Remite al Departamento Nacional de Planeación, Departamento
para la Prosperidad Social y Unidad para las Víctimas, la solicitud elevada por
la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento.
Por todo lo anterior, la Unidad para las Víctimas como
coordinador del Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas
(SNARIV), se permite señalar que su línea de trabajo institucional, “ha sido
fortalecida en el marco del COVID-19 y coincide con los lineamientos reiterados
por la alta corporación en la orden primera de este auto, y precisa que en su
actuar siempre es claro que las medidas de atención, asistencia y reparación
que se entregan con ocasión al conflicto armado, no pueden ser homologadas, ni
sustituidas por la oferta social”. Así lo dio a conocer Vladimir Martin, jefe
de la Oficina Jurídica de la entidad.
Adicionalmente, el funcionario explicó que, en un ejercicio
de articulación interinstitucional ha trabajado con otras entidades de Gobierno
nacional y autoridades territoriales, “con el fin de compartir información en
relación con las víctimas a fin de lograr su focalización en la oferta social
diseñada para atender la situación de emergencia".
Según Martin, "la Unidad respeta los pronunciamientos
de la Corte Constitucional, puntualmente en el marco del seguimiento a la
sentencia T-025 DE 2004, los cuales se han venido cumpliendo desde años atrás,
así como también del compromiso que desde el Gobierno nacional se tiene con las
víctimas.”
Es por eso que en el marco de la situación generada por la
COVID-19, Vladimir Martin, aseguró que la Unidad para las Víctimas, continúa
cumpliendo con las disposiciones señaladas en la Ley 1448 de 2011, sus decretos
reglamentarios y los decretos Ley, las órdenes judiciales y lineamientos
jurisprudenciales.
Y agregó que “no se ha interrumpido la entrega de las
medidas de atención, asistencia y reparación, las cuales no han sido
modificadas por el marco normativo de la declaratoria de excepción y la
emergencia sanitaria y que, por el contrario, desde el primer momento de la
emergencia se han aunado esfuerzos para para fortalecer los procesos con el
objeto de no dejar de garantizar a las víctimas sus derechos".