Monjas de Belorado: conflicto, sentencia y tensión judicial Resumen:

Por. Editson Romero Angulo 
Periodista 

Este artículo investiga el conflicto surgido a partir del cisma religioso iniciado en mayo de 2024 por un grupo de monjas clarisas del Monasterio de Santa Clara de Belorado, que se separaron de la Iglesia Católica y fueron excomulgadas. Se analizan la sentencia judicial de agosto de 2025 que ordena su desalojo y el fallido traslado de cinco monjas ancianas —no cismáticas—, así como las reacciones de las exmonjas y de las autoridades eclesiásticas.

1. Contexto del cisma




En mayo de 2024, un grupo de monjas clarisas del Monasterio de Belorado (Burgos), liderado por sor Isabel de la Trinidad (Laura García de Viedma), rompió la comunión con la Iglesia Católica y se declaró seguidora de Pablo de Rojas Sánchez-Franco, exobispo excomulgado. Este acto fue considerado un cisma, lo que derivó en la excomunión de ocho religiosas. Estas permanecieron en el monasterio alegando un supuesto cambio de titularidad civil del inmueble, argumento que fue rechazado por el Derecho Canónico y por la justicia civil.



2. Sentencia judicial y fundamentos legales




El 29 de julio de 2025, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Briviesca ordenó el desalojo inmediato de las exmonjas, al considerar que no ostentan ningún título válido para ocupar el monasterio, propiedad legal de la Iglesia Católica. La jueza reconoció a la Federación de Clarisas como única autoridad legítima. Las cismáticas anunciaron un recurso ante la Audiencia Provincial, sin detener el proceso de ejecución de la sentencia.

3. El traslado fallido de las monjas mayores


Cinco monjas de entre 86 y 100 años, ajenas al cisma, fueron incluidas en un plan de reubicación coordinado por la Fiscalía, el Arzobispado y la Federación de Clarisas. Sin embargo, el traslado fue frustrado cuando las exmonjas impidieron la entrada de la comisión judicial y de la Guardia Civil. Alegaron que cuatro de las mayores deseaban permanecer en el convento y que la quinta no podía manifestar su voluntad.

Sor Paloma, portavoz del grupo, declaró: “No han podido llevarse a nadie. Estamos aquí esperando las consecuencias judiciales de no haberles dejado llevárselas”. La operación fue suspendida para evitar daños a la salud de las ancianas, algunas de las cuales mostraban signos de ansiedad y desorientación.

4. Análisis e implicaciones

Derecho y voluntad:
El caso evidencia tensiones entre el respeto a la autonomía personal de las religiosas mayores y la obligación legal de proteger su bienestar. La negativa a ser trasladadas puede responder a lealtades emocionales más que a una comprensión plena de la situación jurídica.

Derecho Canónico vs. civil:
La Iglesia actuó en defensa de su patrimonio y disciplina interna conforme al Derecho Canónico. El juzgado civil confirmó que las exmonjas carecían de títulos válidos, reforzando así el vínculo legal entre institución eclesiástica y propiedad.


Ética y protección:

La intervención judicial y eclesial, aunque legalmente justificada, plantea dilemas éticos sobre la forma de proteger a personas vulnerables que, en apariencia, no desean ser protegidas.

Glosario

  • Cisma: Ruptura con la autoridad de la Iglesia por parte de un grupo o persona.
  • Excomunión: Exclusión formal de la comunidad eclesial.
  • Desahucio por precario: Proceso legal para recuperar un inmueble ocupado sin derecho.
  • Capítulo conventual: Asamblea interna de monjas para tomar decisiones de vida común.
  • Comisario Pontificio: Delegado papal con autoridad sobre congregaciones religiosas en crisis.

Conclusión

El conflicto de Belorado representa una crisis eclesiológica, jurídica y humana. La convivencia de normas canónicas, leyes civiles y voluntades personales produce un entramado complejo en el que ninguna decisión es fácil. A medida que el proceso legal continúa, la Iglesia y el Estado deberán encontrar caminos de justicia que no sacrifiquen la dignidad ni la libertad de las personas más frágiles.

Bibliografía

  • Tribunal de Primera Instancia e Instrucción de Briviesca. Sentencia de 29 de julio de 2025.
  • Arzobispado de Burgos. Comunicado oficial, agosto de 2025.

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