martes, 14 de noviembre de 2017

Expectativas, logros y frustraciones De un proceso de paz


Javier Giraldo Moreno, S. J.
Por.
Javier Giraldo Moreno, S. J.

Los diálogos de Paz entre el Gobierno de Colombia y la insurgencia de las FARC, iniciados formalmente en agosto de  2012, luego de un período previo de exploración, y concluidos formalmente en noviembre de 2016 con la firma de un extenso Acuerdo que ha sufrido múltiples enmiendas y que no acaba de consolidarse frente a perspectivas constantes de nuevas enmiendas y amenazas persistentes de desconocimiento e incumplimiento, han centrado el debate político interno y externo. A nivel interno la polarización se agudiza progresivamente; a nivel externo produce curiosidades y expectativas por lo novedoso de algunas de sus soluciones.
En los últimos 34 años Colombia había vivido 5 prolongados procesos de paz, todos fracasados, si se entiende la paz como algo de interés nacional. Sólo entre los gobiernos de Barco y Gaviria (1986-94) hubo desmovilizaciones de varias estructuras armadas pequeñas o diezmadas que no se proyectaron en ninguna reforma social sino en prebendas puntuales para cada desmovilizado. Ello ha incidido en una cierta banalización de la paz, no pocas veces utilizada como incentivo de politiquerías electorales.

Antecedentes y contexto
Prácticamente desde la independencia de España, la situación de Colombia es explosiva desde los puntos de vista económico, político, social y cultural. Constituye una estructura violenta que, aunque no se reconozca, es generadora natural de guerras. Uno de los factores eje ha sido el problema de la tierra, acaparada por una élite minúscula que ha recurrido a las formas más despiadadas de despojo y que utiliza todo su poder para impedir cualquier intento de desconcentración. Otro factor neurálgico ha sido la concepción del Estado como botín de esa élite, a veces acaparado por un solo partido  que ha buscado eliminar al otro u otros mediante guerras civiles o revueltas regionales[1], y otras veces el botín ha sido compartido entre dos partidos elitistas mediante repartijas milimetradas que excluyen constitucionalmente a quienes representan intereses de participación amplia. La vergonzosa dependencia en lo económico y en lo militar de la potencia imperial hemisférica es otro factor enormemente degradante, manteniendo una economía volcada hacia el exterior y a su servicio, en perjuicio de la población nacional,  y un dominio ideológico-militar extranjero, estrictamente planificado, capaz de bloquear y exterminar cualquier intento de rebeldía interna en favor de la justicia.     
Un eminente sociólogo, el sacerdote dominico francés Louis Joseph Lebret, realizó un  minucioso diagnóstico de la sociedad colombiana en los años 50 y concluyó que la clase alta representaba el 2.5%; la clase media el 12.5% y la clase baja el 85%. Por ello cuando el estamento militar afirmaba que estaba defendiendo la patria, el Padre Camilo Torres les repetía que confundían la “patria” con las 24 familias de la élite. Una investigación realizada por el CIAS en 1972 logró medir la concentración del poder económico, representado en las juntas directivas de las instituciones financieras, las sociedades anónimas con activos superiores a 100 millones en ese momento y las empresas cementeras de gran peso en esa coyuntura, demostrando que 705 personas que ocupaban 1.130 cargos directivos, concentraban el poder económico, cuyo 80% residía en 64 personas  y el 15% de esos nombres se superponían en los más altos cargos de la política y el gobierno[2]. La persistencia de estructuras radicalmente discriminatorias se comprueba en los índices de desigualdad que continúan y se agravan en el siglo XXI y que colocan a Colombia entre los países más desiguales del planeta. [3]
El sentido del Derecho a la Rebelión, reconocido en las históricas declaraciones de derechos humanos y en históricas actas de independencia de grandes naciones, se explica por la necesidad apremiante, sentida por mayorías nacionales, de reivindicar condiciones de equidad que impidan que una minúscula élite se apropie del Estado y lo ponga a su servicio, negando la satisfacción de necesidades básicas a las mayorías. El Profesor de Derecho en la Universidad de Oxford, Anthony Maurice Honoré, ve en el Derecho a la Rebelión un derecho remedial cuando los demás derechos son violados, pero en caso de ser negado el Derecho a la Rebelión, todos los demás derechos quedarían sin piso.  Para él, el Estado y los ciudadanos conforman una empresa común, dentro de la cual el Estado tiene el papel de garantizar la repartición igualitaria de bienes y servicios y de impedir agresiones de unos ciudadanos o grupos contra otros ciudadanos o grupos, pero cuando el Estado desconoce ese deber esencial, los ciudadanos tienen todo el derecho de eliminar ese Estado y procurarse otro tipo de Estado.[4]
Sin embargo, bloquear el Derecho a la Rebelión ha sido función prominente del Estado Colombiano. Su ideología o justificaciones filosófico-político-religiosas del modelo elitista de Estado ha consistido en demonizar a los grupos que propenden por un cambio hacia condiciones equitativas, y una vez demonizados, exterminarlos mediante todos los métodos de crueldad. En ese cometido la Iglesia Católica le prestó enormes servicios al Estado durante un extenso período, aportando doctrinas que identificaron las tendencias liberales, socialistas y comunistas con lo diabólico, legitimando su represión y  exterminio. Los movimientos falangistas y fascistas de otros países también le aportaron instrumentos ideológicos funcionales a lo mismo, pero por sobre todo los Estados Unidos exigieron dirigir sus políticas de seguridad desde los años 30 y le impusieron estrategias de monitoreo absorbente de sus formas de represión dentro de los cánones de la “Guerra Fría”, una de cuyas estrategias centrales fue el paramilitarismo[5], con miras a que el Estado contara con brazos clandestinos de civiles armados que asumieran las prácticas más criminales de la represión sin deslegitimar al Estado formal por su barbarie.
Con esos instrumentos ideológicos y bélicos el Estado colombiano montó una maquinaria de muerte aterradora desde décadas que se remontan al siglo XIX y recorren –in crescendo- todo el siglo XX y los avances del XXI. Masacró a los obreros de las bananeras (1927) y más tarde a los de las cementeras (1963) con la más escalofriante frialdad. Envió a entrenarse en prácticas de barbarie a cerca de 15.000 de sus efectivos militares en la Escuela de las Américas (USA) y entre los allí graduados seleccionó a sus más altas jerarquías castrenses.  Redactó manuales de contrainsurgencia que recopilaron los más sucios procedimientos represivos, con asesoría de expertos estadounidenses, argelinos, israelíes, ingleses y australianos. Proscribió el comunismo en una Constituyente (1954) y estableció 13 delitos de colaboración con grupos comunistas, sometiendo a los acusados a Consejos Verbales de Guerra (Decreto 434 de 1956). Con presupuesto del Estado (Decreto 3017 de 1950) ordenó entrenar a los campesinos de un pueblo boyacense en las más aterradoras prácticas de barbarie  (los “Chulavitas”) para que asesinaran con refinada crueldad a centenares de miles de campesinos. Emitió un Estatuto de Seguridad (1978) que le sirvió para torturar a más de 60.000 colombianos. Sometió a genocidio al partido político legal Unión Patriótica, surgido de unas conversaciones de “paz”,  al movimiento político A Luchar y a otras fuerzas políticas y sindicales, asesinando o desapareciendo al grueso de sus militancias. Se convirtió en campeón mundial de asesinato de sindicalistas (60% de los asesinatos de sindicalistas en el  mundo).  Para fingir triunfos militares inexistentes se inventó el método de los “falsos positivos”, presentando como “muertos en combate” a jóvenes indefensos y a indigentes engañados con falsas promesas de empleo, vistiendo sus cadáveres con uniformes de combate; todas las brigadas del ejército se involucraron en este método atroz motivadas por recompensas que iban desde días de vacaciones y viajes de descanso hasta remuneraciones millonarias. Adoptó el más aterrador método hitleriano desapareciendo a más de 70.000 colombianos a partir de los años 70, entre muchísimas otras atrocidades.
Ya en los años 50 surgieron las guerrillas liberales invocando el Derecho a la Rebelión, pero no duraron mucho, pues se desmovilizaron con el atractivo de una amnistía y una adopción de políticas sociales que jamás se concretaron (1953), siendo luego la mayoría de ellos asesinados. A partir de 1964 se fueron multiplicando las organizaciones insurgentes que volvían a invocar el Derecho a la Rebelión. Algunas guerrillas, como las FARC, fueron respuesta a operaciones brutales de exterminio de campesinos resistentes al despojo de tierras, como la de Marquetalia y otras zonas cercanas, la cual contó con 16.000 militares transportados en aviones y helicópteros de USA y con armas biológicas de alto poder destructivo. Desde entonces el Estado, rechazando toda propuesta de reformas agraria y política, se dedicó a demonizar a las insurgencias con la asesoría estadounidense, produciendo un arsenal de leyes represivas y de documentos secretos de guerra sucia contrainsurgente, hoy consideradas como violatorias de todo derecho humano. En 1997 hizo desaparecer radicalmente el Derecho a la Rebelión (Sentencia C-456/97 Corte Constitucional) y lo convirtió en un “delito de opinión”, luego considerado como de “flagrancia permanente”, desvinculándolo incluso de toda conducta puntual activa. Con tal hermenéutica el Estado se dedicó a reprimir los movimientos sociales y la protesta social, reproduciendo jurisprudencias que consideraban la Rebelión como el más horrendo de los crímenes y castigándolo con penas en aumento progresivo.  En esa guerra contrainsurgente el Estado utilizó intensamente sus brazos paramilitares, los cuales se vieron potenciados al máximo desde los años 80 gracias a su alianza con los grandes narcotraficantes, lo que llevó a multiplicar enormemente las víctimas de la guerra sucia contrainsurgente. Las estadísticas de vidas destruidas, dependiendo de los marcos temporales que cada investigación asume, van de 220.000 (Centro de Memoria Histórica) hasta 286.912 (cifras combinadas de Monseñor Guzmán y Diego Otero Prada[6])
Con la seguridad contrainsurgente que le han suministrado las estructuras paramilitares de progresivo crecimiento, el Estado suscribió todos los tratados internacionales de  derechos humanos, logrando configurar un Estado esquizofrénico, en el cual, la mayoría de sus funcionarios se identifican con las formalidades de un Estado de Derecho (el “yo” estatal institucionalmente asumido y proclamado) y consideran como un “no yo” (como alteridad negada)  los brazos paramilitares criminales, apoyados discretamente por la fuerza pública y los aparatos judiciales y administrativos, mediante métodos de evasión, tolerancia, impunidad, ignorancia ficticia, negación formal-irreal e incentivos clandestinos.
Entre tanto los medios masivos de información, controlados en propiedad privada por 4 familias de enorme poder económico y empresas transnacionales, han asumido durante muchas décadas cánones estrictos de autocensura y parámetros comunes de lenguaje, tendientes a demonizar al máximo, no sólo lo que hace referencia a los grupos insurgentes, sino también –asimilándolos a los anteriores- a los movimientos sociales y a experiencias de transformaciones sociales y políticas en otros países latinoamericanos. La ausencia de medios alternativos críticos de masas ha llevado a que el grueso de la población, sin alternativas informativas, asimile compulsivamente las imágenes demoníacas de las insurgencias, de los movimientos y protestas sociales y de las ideologías “de izquierda”, configurando una conciencia social masiva donde las estructuras neoliberales, el consumismo, la competitividad, el individualismo y egoísmo exacerbados gozan de plena legitimidad moral e ideológica y sus impulsores y exponentes de un halo incuestionable de santidad laica, mientras las propuestas y luchas  altruistas por la equidad cargan con estigmatizaciones tradicionales como versiones del “demoníaco comunismo”, reforzadas 24 horas al día con todas las técnicas modernas de la manipulación mediática. De allí que al concretarse negociaciones de paz con las FARC o el ELN, los medios intensificaran sus campañas de estigmatización y demonización de las insurgencias, atribuyéndoles falsamente todos los crímenes horrendos imaginables, posesiones de riquezas fabulosas, relaciones con las mafias más repugnantes del planeta y negando y ocultando todos los objetivos de su lucha. Concomitantemente silencian y niegan los crímenes de Estado o los juzgan como acciones excepcionales de individuos aislados y desviados (“manzanas podridas”) ajenas a toda sistematicidad o complacencia estatal.
En los 34 años precedentes varios jefes de Estado se han comprometido en procesos de paz que no han tenido ningún éxito. En 1982 el Presidente Betancur inauguró su administración con un conmovedor discurso de paz que no logró apoyo ni de los militares ni del Congreso ni de la Iglesia ni de los Medios ni de los empresarios. Su imagen previa estaba manchada con la memoria de la masacre de Santa Bárbara y su imagen posterior se manchó con la memoria de la masacre del Palacio de Justicia, con el inicio intensivo, durante su gobierno, de las desapariciones forzadas y el auge del paramilitarismo, hechos que siembran dudas de fondo sobre sus convicciones de paz. La oscura y débil administración Barco (1986-90) lo mostraría después muy controlado, en su arterioesclerosis progresiva, por los poderes del narco-paramilitarismo. El gobierno de César Gaviria (1990-94) logró convocar la Asamblea Constituyente y firmar acuerdos de desmovilización con varias guerrillas pequeñas o diezmadas, pero el mismo día del  inicio de la Constituyente ordenó bombardear la sede del Secretariado de las FARC y luego, en la Ley 356/94, que establecía un nuevo estatuto para las empresas privadas de seguridad, le devolvería el piso legal al paramilitarismo que Barco le había retirado. Ernesto Samper (1994-98) se apoyaría en esa misma ley para crear la versión legalizada y atroz del paramilitarismo en las cooperativas CONVIVIR.  Andrés Pastrana (1998-2002) ganó las elecciones convocando de nuevo a la paz a una sociedad extenuada por la guerra, pero se contentó con despejar un área y firmar una agenda a la cual no le dio seguimiento alguno, mientras volaba a Washington a negociar el “Plan Colombia”, un plan militar que tecnificaba más la represión militar, todo lo cual arruinó su credibilidad como negociador de paz. Álvaro Uribe (2002-2010) no se interesaría sino momentánea y ficticiamente por negociaciones con las guerrillas, pues su interés primordial se centró en las negociaciones con los narco-paramilitares a quienes les regaló instrumentos generosos de impunidad y creó versiones legalizadas y masivas de paramilitarismo que hoy inundan el país, mientras firmaba pactos de desmovilización de los paramilitares que más tarde evidenciarían su carácter ficticio.
Con esta acumulación de fracasos y ficciones se llegaría a la administración de Juan Manuel Santos (2010-2018), gobernante caracterizado por su astucia calculadora y por su adhesión incondicional a la ideología capitalista neoliberal. Desde su inicio anunció que acabaría con las guerrillas “a las buenas o a las malas” y, con intensa asesoría estadounidense e israelí se propuso acelerar golpes mortales, de enormes costos bélicos, para forzar unas negociaciones en contexto de “derrota” y de “rendición”. Planeó asesinar a las altas dirigencias de las FARC y del ELN, como “cuota inicial” de su “paz” y  llevarlos casi derrotados a una mesa en la que pudiera imponerles condiciones audaces y denigrantes de sometimiento al statu quo. Siendo Ministro de Defensa de Álvaro Uribe, violó el territorio ecuatoriano para asesinar a Raúl Reyes, vocero internacional de las FARC, en compañía de jóvenes de varios países que lo entrevistaban (1º de marzo de 2008). Ya como Presidente, derrochó toneladas de explosivos para aniquilar el refugio subterráneo de Jorge Briceño, jefe militar de las FARC (22 de septiembre de 2010) y luego ordenó el asesinato fuera de combate de Alfonso Cano, Comandante General de las FARC (4 de noviembre de 2011) episodio que escandalizó al ex Ministro Álvaro Leyva, futuro integrante de la Mesa de Diálogos en La Habana, pues  Leyva sabía que Santos ya adelantaba conversaciones exploratorias de paz con Cano y nunca pudo entender los principios políticos y menos los éticos en que Santos fundó la orden de asesinarlo. También el Arzobispo de Cali, Monseñor Darío Monsalve, denunció lo que a su juicio era un vil asesinato y no una “muerte en combate”.
Tal orgía de sangre tuvo que tocar la moral íntima de la insurgencia Fariana, pues el estoicismo con que asumen la guerra sus combatientes no llega a borrar rasgos profundos de su humanidad. Por ello impresiona la carta que el nuevo Comandante de las FARC, Timoleón Jiménez, le dirigió al Presidente Santos el 21 de noviembre de 2011 y que probablemente forzó la apertura de la fase exploratoria de los diálogos. Allí le decía:
(…) la vida, unos prefieren pasarla haciendo dinero y engordando como cerdos, o practicándose cirugías para conservarse jóvenes, pisoteando a los demás y dándose ínfulas. Otros escogen caminos más nobles. Y son muy felices así. Es un asunto de conciencia. Pretender intimidarlos para que acepten vivir como los primeros es un error. Y todavía más grave es matarlos. Pretender exhibirse como modelo de civilización y decencia dando la orden de despedazarlos a punta de bombas, plomo y metralla. O como sea. Por ejemplo, de dos balazos por la espalda cuando se llega en la noche a casa. O molidos a golpes en una celda. O desmembrados con una motosierra. O con la cabeza mochada a machete. […]
Yo no sé. Pero eso de ostentar poder y mostrarse amenazante y brutal, no puede ganar las simpatías de nadie. De nadie que no sea ostentoso y brutal como el que lo hace. La historia nos enseña que a la inmensa mayoría de seres humanos les repugna ese tipo de fanfarronadas. De niños aprendemos que sólo los ogros más malvados suelen actuar de ese modo. Y con el tiempo aprendemos a asociar esas conductas a los seres más perversos. Matar salvajemente a un ser humano, con métodos notoriamente  desproporcionados, para pararse sobre su cadáver y señalar a otros que les tiene reservado el mismo tratamiento, tiene la virtud de producir un efecto contrario. Ningún hombre se dejará humillar de ese modo. […]
Son los gestos de grandeza moral los que hacen imperecederos a los hombres. Sólo las mentes más enfermas y enajenadas pueden sentir alguna simpatía por Adolfo Hitler. Aunque en su momento muchos lo hubieran aplaudido. El tiempo terminó por ubicarlo en el infame lugar que le correspondía. Creo que a los Santos y Pinzones les reserva una suerte similar el destino.
No puede ser de otro modo. El grado de ruindad moral que exhiben horroriza al más sano de los juicios. Muy poca gente conoce en el reinado de cuál emperador romano fue crucificado Jesús. Pero creo que por encima de las propias creencias, en todas partes se profesa el más elevado respeto por él. Porque prefirió el suplicio y la cruz antes que renunciar a sus ideas. Y porque esas ideas abrigaban un altísimo grado de humanidad (…) Pero lo coronaron de espinas, lo abofetearon, lo crucificaron y lancearon. Se burlaron de él. Habían preferido liberar en su lugar al peor de los criminales.
Esta gente lleva medio siglo en esto, Santos. Algunos, de cabeza blanca, cuentan historias de sus días en Marquetalia. Otros hablan de los años en el Guayabero, de los primeros diálogos cuando Belisario (…) Esta gente ha construido una epopeya sin antecedentes en ningún lugar ni época histórica. No hubiera sido posible sin el más extraordinario altruismo. Ni siquiera las fuerzas especiales del Ejército pudieron operar en el terrible invierno de esas abruptas cordilleras guerrilleras. Pero allá mismo viven ellos, aman, sueñan un mundo mejor y luchan por conseguirlo (…) Las FARC son miles y miles de revolucionarios que soportan las más duras condiciones porque creen firmemente en su causa. No ganan un solo centavo, no poseen nada material, el movimiento les da lo que necesitan. Y el movimiento son todos ellos. Son una impresionante creación histórica, aquí, en Colombia, ante nuestros ojos. Así no es Santos, así no es”.

Las expectativas
Cuando el Presidente Santos anunció públicamente la apertura de los diálogos con las FARC, mucha gente percibió que había algo, tanto en la agenda como en el método, que los diferenciaría de los anteriores procesos de paz. El mismo Santos aludió a las diferencias en la alocución televisada del 4 de septiembre de 2012:
“Este acuerdo es diferente a los anteriores porque contiene una agenda realista sobre cinco puntos concretos. El primer punto es EL DESARROLLO RURAL. Eso significa dar mayor acceso a la tierra, llevar infraestructura a las regiones más apartadas,  hacer que la prosperidad y los servicios del Estado lleguen a todos los habitantes del campo. Es repartir las oportunidades de manera más equitativa por todo el territorio. El segundo punto son LAS GARANTÍAS PARA EL EJERCICIO DE LA OPOSICIÓN POLÍTICA Y DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA. No sólo en la norma, sino en la realidad. Es decir, que quienes disientan y protesten lo hagan sin temor, y que se rompa para siempre el lazo entre política y armas.  El tercer punto es EL FIN MISMO DEL CONFLICTO ARMADO.  Esto incluye la dejación de las armas y la reintegración de las FARC a la vida civil, junto con todas las medidas del Gobierno para dar garantías al proceso de terminación. El cuarto punto es EL NARCOTRÁFICO, que tanto daño le ha hecho y le hace a nuestro país. Si este proceso contribuye a que se combata con más efectividad este negocio ilícito, eso por sí solo sería un gran avance. Y el quinto punto son LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS. Nadie puede imaginar el fin del conflicto sin atender a quienes han sido sus víctimas, que –precisamente– es lo que comenzamos a hacer con la Ley de Víctimas. Satisfacer los derechos de las víctimas es una obligación de todos. Eso significa también emprender un ejercicio de esclarecimiento de la verdad porque no sólo las víctimas, sino todos los colombianos, tenemos derecho a saber qué pasó y quiénes fueron los responsables.  Todos estos puntos tendrán su correspondiente verificación y, en su conjunto, constituyen una fórmula integral para la terminación efectiva del conflicto”.

El hecho de centrarse en pocos puntos y justamente en los más percibidos como raíces del conflicto, como el problema de la tierra, de la democracia, de la impunidad y de las drogas y el anuncio de una verificación que sustrajera las promesas del incumplimiento, produjo optimismo en las poblaciones más golpeadas por el conflicto, la injusticia y la represión.

El discurso de Iván Márquez, jefe de la delegación negociadora de las FARC, en Oslo, Noruega, el 18 de octubre de 2012, alimentó más el optimismo pues anunciaba la decisión de las FARC de centrarse en la discusión de factores que están incidiendo profundamente en las situación trágica del país, con diagnósticos compartidos por numerosos analistas sociales y la totalidad de los movimientos sociales. Algunos de sus planteamientos fueron:

“Una paz que no aborde la solución de los problemas económicos, políticos y sociales generadores del conflicto, es una veleidad y equivaldría a sembrar de quimeras el suelo de Colombia. Necesitamos edificar la convivencia sobre bases pétreas, como los inamovibles fiordos rocosos de estas tierras, para que la paz sea estable y duradera.(…)  venimos a la mesa con propuestas y proyectos para alcanzar la paz definitiva, una paz que implique una profunda desmilitarización del Estado y reformas socioeconómicas radicales que funden la democracia, la justicia y la libertad verdaderas.
Hablar de tierra significa para nosotros hablar del territorio como una categoría que además del subsuelo y el sobresuelo entraña relaciones socio- históricas de nuestras comunidades que llevan inmerso el sentimiento de patria, que concibe la tierra como abrigo, y el sentido del buen vivir.(…) la titulación de tierras, tal como la ha diseñado el actual gobierno, es una trampa; encarna una suerte de despojo legal a través del cual se busca que el campesino, una vez con el título de propiedad en sus manos, no tenga otra salida que la de vender o arrendar a las trasnacionales y conglomerados financieros, a los que sólo les interesa el saqueo exacerbado de los recursos minero-energéticos que están debajo del suelo. Dentro de su estrategia está la utilización del suelo para extender las explotaciones forestales y las inmensas plantaciones, no para resolver el grave problema alimentario que padece nuestro pueblo, sino para producir agro-combustibles que alimentarán automóviles. (…) Lo aseguramos sin vacilación: la bancarización de la tierra derivada de la titulación, acabará "tumbándole" la tierra al campesino. Nos están empujando a la extranjerización de la tierra y al desastre ambiental dinamizado brutalmente por la explotación minero-energética y forestal. La naturaleza como fuente de información genética no puede ser convertida en botín de las trasnacionales. Nos oponemos a la invasión de las semillas transgénicas y a la privatización y destrucción de nuestra biodiversidad y a la pretensión de hacer de nuestros campesinos pieza del engranaje de los agro-negocios y sus cadenas agroindustriales. Están en juego la soberanía y la vida misma.(…)  Hoy hemos venido a desenmascarar a ese asesino metafísico que es el mercado, a denunciar la criminalidad del capital financiero, a sentar al neoliberalismo en el banquillo de los acusados, como verdugo de pueblos y fabricante de muerte. (…)  El fin último de tales políticas, en detrimento de la soberanía y del bienestar común, es dar seguridad jurídica a los inversionistas, liberalizar el mercado de tierras y lanzar el territorio al campo de la especulación financiera y mercados de futuro. Independientemente de que exista o no la insurgencia armada, esta política multiplicará los conflictos y la violencia (…) Por medio de la violencia del Plan Colombia y el proyecto paramilitar, se preparó el territorio para el asalto de las trasnacionales. La ley general agraria y de desarrollo rural, es esencialmente un proyecto de reordenamiento territorial concebido para abrirle campo a la economía extractiva en contra de la economía campesina, en desmedro de la soberanía alimentaria y del mercado interno, al superponer el mapa minero-energético sobre el espacio agrícola. Ni siquiera se tiene en cuenta la promoción de una agroecología que permita una interacción amigable (…)
Este no es un espacio para resolver los problemas particulares de los guerrilleros, sino los problemas del conjunto de la sociedad; y dado que uno de los factores que más impacta negativamente a la población es la subscripción de los Tratados de Libre Comercio, éste es un tema que tendrá que abordarse indefectiblemente. Pobre Colombia obligada a competir con las trasnacionales con una infraestructura arruinada por la corrupción y la desidia (…)
Pero la paz no significa el silencio de los fusiles, sino que abarca la transformación de la estructura del Estado y el cambio de las formas políticas, económicas y militares (…) Necesariamente tendremos que abocar las causas generadoras del conflicto y sanear primero el cangro de la institucionalidad. (…)
Qué bueno sería protagonizar el surgimiento de unas nuevas Fuerzas Armadas. No más sumisión a Washington, no más subordinación al Comando Sur y no más complacencia con la expansión de bases militares extranjeras en nuestro territorio.
No somos causa sino respuesta a la violencia del Estado, que es quien debe someterse a un marco jurídico para que responda por sus atrocidades y crímenes de lesa humanidad como los 300 mil muertos de la denominada época de la violencia en los años 50, que responda por los 5 mil militantes y dirigentes de la Unión Patriótica asesinados, por el paramilitarismo como estrategia contrainsurgente del Estado, por el desplazamiento de cerca de 6 millones de campesinos, por los más de 50 mil casos de desaparición forzada, por las masacres y los falsos positivos, por las torturas, por los abusos de poder que significan las detenciones masivas, por la dramática crisis social y humanitaria; en síntesis que responda por el terrorismo de Estado. Quien debe confesar la verdad y reparar a las víctimas son sus victimarios atrincherados en la espuria institucionalidad”.
No hay duda que el discurso de Márquez situaba la paz donde hacía muchas décadas querían situarla los movimientos sociales, los millones de víctimas, los sectores secularmente excluidos de todo bien y servicio derivado del Estado, los millones de desplazados forzadamente, los familiares de los desaparecidos y masacrados, los sindicalistas forzados a desafiliarse por el terror, los movimientos cívicos que luchaban por mil formas de participación negadas, los millones de indígenas, campesinos y afrodescendientes sometidos a un despojo sin tregua. Sin embargo, desde un comienzo el Presidente Santos lanzó baldados de agua fría decepcionantes: el mismo día en que se inauguraron en Oslo los diálogos, el delegado plenipotenciario del Gobierno, Humberto De La Calle, le respondió a Márquez mediante consignas fijadas por Santos: “'Ni modelo económico ni doctrina militar están en discusión. En la mesa de negociación no se va a discutir el modelo económico ni la inversión extranjera. Tampoco la doctrina militar o la propiedad privada[7].
En su alocución al aprobarse la parte sustancial de los acuerdos, el 12 de julio de 2015, el Presidente Santos afirmó: “Por eso trazamos unas líneas rojas, que las hice explícitas desde el principio, que se han mantenido y se mantendrán hasta el fin del proceso. ¿Y qué significan esas líneas rojas? Que en La Habana no se discute nuestro sistema democrático, ni nuestro modelo económico, ni la propiedad privada, ni el tamaño ni el futuro de nuestras Fuerzas Armadas, ni ningún tema –¡ninguno!– que esté por fuera de la agenda preestablecida. Cada decisión, cada paso, han sido planeados, analizados, estudiados a profundidad, pues desde un principio hemos tenido claro a dónde queremos llegar” [8]
Una contradicción de fondo iba a atravesar, pues, los diálogos de paz, ya que en sana lógica, el modelo económico, el modelo político y el modelo militar están radicalmente implicados en las raíces del conflicto y tocan, no superficial sino radicalmente, los problemas de tierra, participación y víctimas. Abordarlos sin tocar los modelos vigentes sería imposible o su abordaje produciría una paz ficticia o de apariencia.
Quien haya seguido el discurso promocional de la paz del Presidente Santos, sobre todo en sus viajes al exterior, en sus reuniones con empresarios multinacionales en Norteamérica y Europa y también con el gran empresariado colombiano, pudo observar que él vendía una concepción de la paz centrada en los beneficios que le traería a la inversión extranjera y al gran empresariado multinacional, el cual podría explotar los recursos naturales, principalmente los minero-energéticos, sin el temor a ataques o extorsiones de grupos insurgentes.
Y a pesar de que el tema de las víctimas y la justicia se concibió siempre en las conversaciones exploratorias y en el desarrollo de los diálogos como un tema bilateral, y así lo reconoció el Presidente Santos en su discurso en La Habana el 23 de septiembre de 2015 al afirmar: “Quiero hacer especial énfasis en que ni este sistema de justicia ni esta jurisdicción están dirigidos exclusivamente a las FARC. Todos los que participaron de manera directa o indirecta en el conflicto armado, y cometieron delitos con ocasión de éste, pueden someterse a esta justicia transicional, incluyendo los agentes del Estado y, en particular, los miembros de la fuerza pública”, sin embargo, para los medios masivos de información sólo iba a existir justicia para las FARC y sólo debía existir justicia para las FARC. Esa coyuntura llevó a los Medios masivos a criminalizar exageradamente a las FARC, atribuyéndoles falsamente los crímenes más horrendos y numerosos y silenciando totalmente los crímenes de Estado. En la conciencia masiva configurada y cautiva por los Medios, las perspectivas de “justicia transicional”, de amnistías, de penas alternativas y rebajadas, de posibilidades de participación política luego de la desmovilización, etc. que eventualmente beneficiarían a las FARC, eran monstruosidades que el país no podía tolerar, mientras a los miembros de la fuerza pública, paramilitares y empresarios todo se les podía perdonar y habría que evitar que fueran judicializados. Aquí se percibía una manipulación extrema de la conciencia de masas, pues estadísticamente los crímenes de Estado son enormemente más numerosos (cerca del 80% del total) y jurídica y éticamente más intolerables, pues no se fundan en luchas altruistas por búsquedas quizás equivocadas de justicia, sino en la adulteración más radical del papel del servidor público, convirtiéndolo de protector del ciudadano en agresor del ciudadano para infringirle los más atroces sufrimientos y despojos.
Con estas expectativas enfrentadas: de que se pudiera activar la inversión extranjera (gobierno y empresariado); de que se acabaran las FARC y se les enjuiciara, condenara y despojara de toda incidencia social (conciencia de masas configurada por los Medios), y de que se lograra una reforma agraria, una reforma del modelo neoliberal y una conquista de democracia y desmilitarización y desparamilitarización de la sociedad (movimientos sociales de base e insurgencias), se inician las conversaciones de La Habana que durarían un poco más de 4 años.

Confrontaciones y logros
Los debates en La Habana fueron prolongados. Las FARC iniciaban la discusión de cada punto con un paquete de 10 propuestas, las cuales, en las semanas siguientes se iban desagregando cada una en otras 10, llegando a presentar para la discusión de cada uno de los puntos más álgidos 100 propuestas. La delegación del Gobierno se limitaba a analizar y controvertir las propuestas de las FARC y, como se pudo evaluar finalmente, a negar rotundamente cada propuesta conduciendo la discusión a lo que el Gobierno tenía en mente desde el comienzo, sin tocar en absoluto el modelo de sociedad vigente. Esto hizo que, tras el agotamiento de la confrontación que revelaba posiciones irreconciliables, los temas esenciales se fueron acumulando en congeladores, esperando retomarlos más adelante sin mucha esperanza.
Las propuestas de las FARC, como ellos mismos lo expresaron muchas veces, no se inspiraban en su ideario político, de corte socialista o comunista, sino en numerosas sugerencias que llegaron de los movimientos sociales, recogidas en foros públicos organizados por la ONU y la Universidad Nacional o enviadas a la Página Web que se abrió para ello.
a)  Sobre la tierra y el desarrollo agrario
Los primeros 7 meses fueron copados por la discusión sobre una reforma agraria. La concentración excesiva de la propiedad de la tierra y el escandaloso despojo de campesinos e indígenas durante muchas décadas había dado origen a las FARC y seguía siendo su bandera principal de lucha. Sus propuestas se centraron en mecanismos de desconcentración de la propiedad rural, ya por prohibición o regulación del latifundio y denegación del “derecho de superficie”; por medidas de “desganaderización” de grandes extensiones y la adopción de nuevos criterios de ordenamiento territorial centrados en la producción de alimentos y la protección del medio ambiente; por la prohibición o restricción de proyectos minero-energéticos destructores del medio ambiente; por el freno a la extranjerización de la tierra y de los recursos no renovables. Al mismo tiempo proponían crear extensas Zonas de Reserva Campesina y Zonas de Producción de Alimentos, ambas protegidas frente al mercado y ayudadas en su planes por recursos del Estado, reformas todas que implicaban reversar acuerdos internacionales como los Tratados de Libre Comercio que arruinaron al campesinado nacional, concesiones y licencias a empresas trasnacionales, apropiación privada de saberes mediante patentes y el comercio creciente de transgénicos y agroquímicos.
Sin ninguna duda, este conjunto de propuestas, contenidas en 100 concreciones puntuales, se hallaban en contradicción radical con la política agraria del gobierno representado en la mesa oficial, el cual había colocado el eje de su proyecto nacional de desarrollo en la “locomotora minera”, distribuyendo licencias de explotación minero-energética a diestra y siniestra; firmando tratados de libre comercio para traer alimentos de otros países y ofrecerle las tierras agrícolas a las multinacionales mineras que agotan las aguas y envenenan las tierras y sus ámbitos vitales y cuyos compromisos prioritarios rigen con los gestores del mercado neoliberal, para quienes la tierra es mercancía de primer orden y por ello su comercio debe ser garantizado y regularizado de acuerdo a las leyes liberales de transferencia de propiedades protegidas por la seguridad jurídica de catastros técnicos y tribunales sensibles al dinero.
El producto de esos 7 meses de confrontación fue titulado “Hacia un Nuevo Campo Colombiano – Reforma Rural Integral”- Su eje lo constituye un fondo de tierras de 3 millones de hectáreas para que el gobierno se las reparta a los campesinos que no tienen tierra o tienen muy poca, en los próximos 12 años, y una promesa de regularización de tierras sin títulos claros, en una extensión de 7 millones de hectáreas, las cuales asegurarán pago de impuestos al fisco en los próximos 10 años. A este eje se le suman círculos concéntricos de desarrollo rural, tales como planes viales, redes eléctricas, redes de conectividad, planes de riego, escuelas, centros de salud, regularización laboral y viviendas. Como el lenguaje en que se anuncian estas inversiones de desarrollo es supremamente abstracto, pues no hay referencias al cuándo, dónde, quién y cómo de su implementación, se anuncian Proyectos de Desarrollo con Enfoque Territorial para las zonas más devastadas por el conflicto, los cuales tendrían prioridad. Ojalá el reparto de las tierras del Fondo no se integre a los circuitos de clientelismo y corrupción electorales y los planes abstractos de desarrollo no se identifiquen con las promesas rituales y siempre incumplidas de toda campaña electoral, ya que han adoptado su mismo lenguaje. Es de temer, además, que los títulos regularizados, incluso unos (los donados) que tendrán embargo de 7 años para poderlos enajenar, vayan a parar muy pronto a  las manos de grandes empresarios y así ya no serán las masacres y los desplazamientos masivos sino el Mercado el que dará cuenta de la nueva monstruosa concentración de la propiedad.
Pero si el gran logro de la negociación de paz es la repartición de lotes de tierra por el Estado, había un instrumento vigente para ello desde 1994 en la Ley 160, la cual exigía entregar tierras baldías exclusivamente a los campesinos pobres. Imposible entender, entonces, que el gobierno de Santos, mientras firmaba el Acuerdo sobre Tierra en La Habana, hiciera aprobar la Ley 1776 de 2016 ( ley de Zonas de Interés de Desarrollo Rural Económico y Social –ZIDRES-) la cual permite entregar los baldíos a empresas poderosas mediante cesiones, arriendos u otras formas, con el pretexto de que hagan alianzas con campesinos pobres en “procesos industriales altamente rentables y competitivos”. A nadie se le oculta que, en alianzas tan desiguales, el campesino lleva las de perder y que hay allí una opción explícita por una economía neoliberal, causa innegable del conflicto armado.
Y si bien el Acuerdo firmado en La Habana el 24 de agosto de 2016 y firmado de nuevo solemnemente en Cartagena el 20 de septiembre con presencia de todos los presidentes latinoamericanos, había consignado como uno de los principios rectores del punto Tierra: el “énfasis en pequeños y medianos productores y productoras”, además del compromiso de “estimular la economía solidaria y cooperativa como medio para canalizar recursos y servicios a la población rural” (1.3.3.1.), sin embargo, entre las enmiendas impuestas por la extrema derecha después del manipulado plebiscito del 2 de octubre de 2016, se introdujo otro principio rector contradictorio para el desarrollo rural, haciéndolo depender de “la competitividad y de la necesidad de promover y fomentar la inversión en el campo con visión empresarial y fines productivos como condición para su desarrollo (…) y de “encadenamientos de la pequeña producción rural con otros modelos de producción” (Principios, 2). La élite dueña del país se aferrará seguramente del segundo principio y no del primero, para exigir la continuidad de su modelo económico intocable.
Por todo esto, las FARC terminaron confinando en el congelador de las SALVEDADES sus propuestas negadas y renegadas por el Gobierno, pero que eran las que apuntaban a superar el conflicto de la tierra como raíz de la violencia. Allí consignaron 10 SALVEDADES referidas a mecanismos de erradicación del latifundio, de la extranjerización de la tierra, de las concesiones minero-energéticas y de agro-combustibles, de revisión de los tratados de libre comercio, de los ajustes al ordenamiento territorial; a la creación de territorios campesinos, al estatus de las Zonas de Reserva y de las propuestas Zonas de Producción de Alimentos, a la defensa del medio ambiente, del agua y de los recursos no renovables, al reconocimiento de los Derechos del Campesino adoptados por la ONU, a la regulación del derecho real de superficie y a la creación de un Consejo Nacional de la Tierra. Propuestas negadas por una élite que considera intocable su modelo generador de exclusiones, de violencias y de devastación del planeta.
b)   Sobre la participación política
Las 100 propuestas llevadas por las FARC a la Mesa para la discusión del punto 2: Participación Política, constituyen una impresionante radiografía de nuestra anti-democracia. Al recorrer esos 11 capítulos se puede tomar consciencia de lo ancho, largo y profundo de un régimen cerrado que nos hemos acostumbrado a rotular como “democracia” por una inercia cultural de superficialidad inconsciente, pero donde lo más esencial de una democracia, como es la participación de las mayorías en las decisiones que las afectan, se encuentra a años luz.
Los diversos capítulos desnudan la antidemocracia en muy diversos ámbitos, en la medida en que se van proponiendo alternativas: el primero se refiere a la estructura general del Estado, hundido en el clientelismo y la corrupción mafiosa, sin independencia de poderes; donde los eventuales investigados eligen a sus investigadores o controladores; donde reina un asfixiante presidencialismo que bloquea otras iniciativas legislativas; donde el aparato electoral es el clímax de la corrupción y sostén de las demás corrupciones; donde las decisiones económicas favorecen a una élite y al empresariado trasnacional; donde la fuerza pública responde a doctrinas foráneas de salvajismo represivo; donde la justicia sufre una escandalosa politización que hace nugatorio su teórico principio estructurador  de imparcialidad, en síntesis, un Estado que necesita urgentemente, para tener algo de democracia, un poder popular que allí se propone. En los capítulos siguientes se aborda el problema de la oposición política y social, sin garantías y que reclama garantías. En el tercero se proponen medidas para hacer viable el nuevo partido que formarían las FARC. En el cuarto se aborda el problema crucial de la información y comunicación, que es la que configura la conciencia social nacional, proponiendo una democratización en la propiedad de los medios masivos, inspirándose en el modelo de la Ley Ecuatoriana de Medios que distribuye el espectro radioeléctrico en varias instancias. En los siguientes capítulos se analiza la discriminación entre las regiones; la carencia de mecanismos de participación en las ciudades para las cuales se proponen los Consejos Urbanos de Participación Social; la carencia de participación  popular en los diseños de política pública, como en el CONPES; La carencia de mecanismos de participación de los sectores más excluidos, como comunidades indígenas, afrodescendientes y campesinas, proponiendo allí la constitucionalización del Poder Popular. También hay propuestas de participación en un nuevo orden económico político que trascienda las fronteras y se proyecte en la región latinoamericana y en el orden mundial, así como para la promoción de una cultura política democrática. El último capítulo, como corolario de sana lógica, propone abordar todas esas reformas en una Asamblea Constituyente.
Evidentemente todas estas propuestas cruzaban las “líneas rojas” de Santos, pues a través de ellas se toma consciencia de la urgencia de cambiar de modelo político. Por ello el Capítulo 2 del Acuerdo de La Habana es tan pobre en incidencia aunque rico en retórica. Una fijación ideológica que parece recorrer el texto y se explicita en diversos lugares, identifica la participación con una ampliación cuantitativa de las estructuras corruptas que se hacen capaces de incorporar nuevas fuerzas, las cuales aceptan adaptarse al libreto de sus manejos tradicionales y corruptos del poder, de allí que cuando se hace referencia al régimen electoral, se piensa es en aumentar el flujo de electores y no en reformar los mecanismos de su corrupción. Por eso el bloque 2.1. se detiene en las garantías de la oposición política y de los movimientos sociales, garantías que retoman mecanismos trillados y probadamente ineficaces, como las alertas tempranas, las comisiones de alto nivel para dar garantías de seguridad  y protección o el aumento de penas para las organizaciones criminales que masacran y amenazan, algo, esto último, que se ha evidenciado como imposible mientras no se controle a su gran fuerza protectora e incentivadora que es la fuerza pública. Un esquema muy similar se sigue en el sub-bloque 2.2.1.,  que aborda las garantías para los movimientos sociales, avanzando entre las garantías que se incluirían en el proyecto de ley que se promete: el acceso a la información, el derecho de réplica y otras iniciativas muy abstractas, pues no tocan piso. Quizás la más concreta es la que solicita el apoyo al Consejo Nacional de Participación por parte de 3 entidades de trabajo social: el Foro por Colombia, Viva la Ciudadanía y el CINEP, con el fin de concretar las propuestas- insumos para la ley.
Los demás subtemas del bloque 2.2. son especialmente evasivos ya que no tocan el núcleo de los problemas que enfrentan esas modalidades de participación. El 2.2.2. enfrenta la movilización y protesta social, enunciando derechos y garantías que no existen ni entran de lejos en la filosofía política del tipo de gobiernos que tenemos, pues allí no se menciona siquiera el obstáculo más monstruoso que obstruye y aniquila en la práctica la protesta ciudadana, como es el ESMAD, estructura criminal mediante la cual el Estado disuelve por el terror todas las protestas sociales y mantiene en la impunidad absoluta a quienes han masacrado y mutilado a infinidad de manifestantes.  El 2.2.3.  enfrenta el problema de los medios, y allí la solución más audaz consiste en prometer ampliar adjudicaciones de radios comunitarios, aludiendo también a espacios hipotéticos en canales institucionales y regionales, pero no se toca para nada el problema de la privatización de los medios masivos, quintaesencia de la anti-democracia, frente a lo cual los radios comunitarios son como una hormiga enfrentada a un elefante que manipula y enajena 24 horas al día, con las más perversas técnicas de manipulación, la conciencia de las mayorías nacionales. Mientras no se democratice la propiedad de los medios masivos, se continuará en la más aberrante antidemocracia y lo allí acordado no pasa de ser “un saludo a la bandera”.  El 2.2.4.  enfrenta el problema de la reconciliación, convivencia, tolerancia y no estigmatización, capítulo en el cual la retórica abstracta copa la totalidad del texto.  El 2.2.5. y el 2.2.6. enfrentan campos neurálgicos de la participación, como son las veedurías ciudadanas y la planeación democrática y participativa. Según se deduce por el mismo lenguaje utilizado, se trata de formas marginales de participación, pues no avocan las grandes decisiones que afectan a toda la nación, como las intervenciones extranjeras, los tratados internacionales, los grandes rubros del presupuesto, los modelos de desarrollo, el gasto militar, las doctrinas represivas, las prioridades de inversión, los impuestos, la filosofía del gasto público, las remuneraciones de los servidores públicos, etc. La piedra de toque para la credibilidad de las promesas abstractas y marginales que aquí se hacen, es el irrespeto al principio constitucional de la consulta previa, principio pisoteado con el mayor descaro, lo que lleva a desmentir de antemano la decisión de implementar lo aquí prometido.
El bloque 2.3 está todo dedicado a promover la participación política. Lamentablemente todo el enfoque está en el orden del aumento cuantitativo de electores, con estrategias para incentivar el flujo de mujeres, de comunidades marginadas etc. y de revisar normatividades que pueden restringir las participaciones. Se promete una reforma electoral mediante la contratación de una Misión Electoral Especial de 7 expertos de alto nivel. Todo supone, sin embargo, la estructura y multiplicación de partidos políticos que se siguen considerando el instrumento fundamental de la participación política. No se tienen en cuenta allí los mecanismos de corrupción y clientelismo que carcomen los partidos y los convierten en instrumentos podridos de la putrefacción. Los partidos se han convertido en los gestores del Estado-botín, puesto al servicio de élites de poder que se perpetúan y acaparan los recursos mediante mecanismos patentados en muchas décadas.
Las negativas del Gobierno obligaron a las FARC a formular 14 SALVEDADES por considerarlas de capital importancia en la democracia: la reestructuración democrática del Estado; la reforma del sistema electoral; la revisión de los mecanismos de participación ciudadana; la  proscripción de tratamiento militar a la protesta social y desmantelamiento del ESMAD;  la elección popular de organismos de control; la participación ciudadana en asuntos de interés nacional; la democratización de la información y comunicación; el ordenamiento territorial; el control social y popular de la política económica; la participación social en el CONPES;  y otros organismos; la democratización de la justicia social urbana; derechos políticos y garantías de participación a comunidades étnicas mediante consulta previa; participación popular en integración latinoamericana y veeduría ciudadana a tratados y convenios con otros países. Los solos enunciados evidencian la importancia y centralidad democrática de lo que no fue posible concertar.

c)   Sobre el problema de las drogas ilícitas
Luego de presentar un documento analítico sobre el origen de los cultivos y comercio de drogas ilícitas y su relación con el desarrollo de la economía y cultura capitalistas, las FARC concretaron en 50 propuestas un cambio de la política anti-droga que no se ensañe ya más en los eslabones más débiles de la cadena del narcotráfico: los cultivadores y los consumidores, sino que se enfoque en los grandes traficantes como los verdaderos responsables y beneficiarios de ese comercio, transformando la persecución contra las capas empobrecidas que sólo sobreviven de los cultivos por no tener otras  alternativas de subsistencia y contra los consumidores cuya adición responde a problemas que deben ser enfrentados en el ámbito de la salud pública. Allí se expone también la dependencia que Colombia ha mantenido en su política anti-drogas de las imposiciones de los Estados Unidos, que han utilizado la represión contra la droga como pretexto para disfrazar políticas contrainsurgentes acuñando el término de “narco-guerrilla” o “narco-terrorismo”, ocultando el descomunal lucro del cual gozan los países ricos gracias a las políticas prohibicionistas. Las propuestas se concretaron en reemplazar la persecución militarizada contra los cultivadores pobres mediante políticas de substitución de cultivos de uso ilícito por alternativas concretas de producción agrícola, mediante diálogos participativos con las comunidades; en darle un tratamiento de salud pública y no penal a los consumidores; en suspender las aspersiones aéreas de glifosato u otras sustancias destructoras del medio ambiente; en reconocer y estimular los usos tradicionales y medicinales de la marihuana, la coca y la amapola; en concentrar la represión contra las poderosas cadenas de narcotráfico y sus articulaciones con sistemas de lavado de activos como redes bancarias, así como su injerencia en las campañas electorales, en instituciones como el Congreso, las fuerza pública, los partidos políticos, las grandes empresas y medios masivos de comunicación, etc.
En sus análisis, las FARC explicaron que en muchas de las zonas periféricas donde hacían presencia desde hacía varias décadas, se desarrollaron grandes áreas de cultivos de uso ilícito, realidad que la guerrilla no quiso reprimir al ver que era la salvación de enormes capas empobrecidas y marginadas, y más bien aprovechó esa situación para la financiación de su lucha gravando con impuestos la producción y el comercio pero sin involucrarse en el tráfico internacional.
La discusión en este punto estuvo entrabada durante varios meses debido a que la delegación del Gobierno exigió que las FARC comenzaran por entregar todos sus contactos en el tráfico internacional de drogas ilícitas y por retirarse de las zonas donde existían cultivos para permitir una represión de tierra arrasada sobre las mismas. En ese lapso el Gobierno calificaba a las FARC como “el mayor cartel internacional de narcotráfico”. Las FARC desafiaron al Gobierno a que probara de alguna manera que estaban    involucradas en el tráfico internacional y el Gobierno, a través del ex General Naranjo, de la Policía Nacional y miembro de la mesa negociadora, prometió aportar pruebas contundentes que nunca fue capaz de aportar.[9]
La imposibilidad de probar la participación de las FARC en el narcotráfico fue destrabando los diálogos y el 16 de mayo de 2014 se firmó el Acuerdo sobre este punto. Quizás en ninguno de los otros acuerdos parciales hubo tantas convergencias, pues este Acuerdo contempla como eje la substitución de los cultivos de uso ilícito mediante concertación con las comunidades y articulación con muchos programas del punto 1 (Reforma Rural Integral), así como el tratamiento de salud pública a los consumidores y, con un lenguaje más abstracto, el enfoque represivo contra los grandes narcotraficantes y sus entornos. Sobre la aspersión aérea se registró un desacuerdo, pues mientras el Gobierno la conserva como último recurso, las FARC la condenan radicalmente (# 4.1.3.2. parr. 3). Quedaron, sin embargo, 4 SALVEDADES de puntos no aceptados por el Gobierno y de gran importancia para las FARC: el diseño de una nueva política criminal que englobe una nueva política anti-drogas; la suspensión inmediata de las aspersiones aéreas junto con la identificación de las víctimas de esas aspersiones y su reparación; la reestructuración del sistema de salud pública y la realización de una conferencia nacional sobre la política de lucha contra las drogas.

d)  Sobre las víctimas y la justicia
El punto 5 de la agenda proclamada en Oslo se refería a las víctimas del conflicto y afirmaba: “Resarcir a las víctimas está en el centro del acuerdo Gobierno Nacional – FARC-EP”. A mediados de 2014 la Mesa comenzó a abordar este tema, el cual incluía el difícil problema de los derechos de las víctimas y, en consecuencia, el problema de la justicia y la verdad. El 7 de junio las Partes firmaron una Declaración de Principios para la discusión del tema Víctimas; sus 10 puntos se referían al reconocimiento de las víctimas; al reconocimiento de las responsabilidades; a la satisfacción de los derechos de las víctimas como derechos no negociables; a la participación de éstas en diversos momentos y por diversos medios; al esclarecimiento de la verdad; a la reparación, las garantías de no repetición y concluía con la reconciliación y la garantía efectiva de los derechos humanos como objetivos del proceso.
Sobre lo acordado en la Declaración de Principios las FARC elaboraron sus 100 propuestas concretas. Exigían que el reconocimiento de las víctimas no fuera restringido a víctimas individuales sino que enfocara también a las víctimas colectivas, tanto a los  colectivos políticos como a los colectivos sindicales, campesinos, indígenas, afros, mujeres y activistas de derechos humanos, pero también a las víctimas del modelo económico o “víctimas del desarrollo”, todo ajustado a normas internacionales que contemplan las represiones sistemáticas o a gran escala como crímenes de lesa humanidad o genocidios. También exigían darle tratamiento adecuado a las víctimas del conflicto, teniendo en cuenta el DIH y la juridicidad guerrillera, reconociendo los prisioneros políticos y las víctimas de montajes judiciales como víctimas del conflicto, especificando el tipo “sujetos políticos de resistencia” en cuanto portadores de proyectos de cambio. Se proponía además un Censo Nacional de Víctimas, con tipologías según los hechos victimizantes y un límite temporal que iniciara en 1930.
En cuando al reconocimiento de responsabilidades, exigían incluir la responsabilidad sistemática y las responsabilidades múltiples incluyendo las de la guerrilla. Se insistía en que las condiciones estructurales de dominación y opresión no sólo producen víctimas a granel sino que reproducen permanentemente el conflicto. La responsabilidad del Estado se concreta en la implantación de modelos económicos y decisiones políticas que causan enormes sufrimientos y configuran el Terrorismo del Estado y el cierre a toda solución a los problemas, para lo cual recurre a doctrinas criminales y a una justicia de guerra que elimina el delito político y criminaliza la protesta y el reclamo social, asume pactos de impunidad contra los derechos de las víctimas, incentiva y tolera las violaciones graves a los derechos humanos por sus instituciones militares, policiales y de inteligencia y establece estructuras paramilitares como auxiliares. Se refiere también a la responsabilidad guerrillera, reconociendo que las FARC han afectado a poblaciones civiles sin que hayan sido éstas blancos primarios ni secundarios de su acción.
Los puntos de la Declaración de Principios a partir del numeral 5 se centran en los derechos de las víctimas y su participación  en el proceso. Entre las propuestas correspondientes de las FARC son particularmente importantes las referidas a la justicia y a las garantías de no repetición. En muy diversos momentos las FARC habían declarado que no se someterían al aparato de justicia colombiano, considerado por amplias capas sociales, nacionales e internacionales, como extremadamente politizado, sesgado, corrupto e ineficiente, pues se reconoce su índice de impunidad como superior al 97%. En el capítulo 8 de sus propuestas hablan de una “definición concertada de mecanismos e instrumentos de justicia para garantizar los derechos de las víctimas”.  Allí señalaban como pautas: la referencia al derecho internacional; el balance entre paz y justicia; partir de un reconocimiento amplio del delito político y del derecho a la rebelión, así como la consideración de mecanismos alternativos de justicia (justicia transicional). La no legitimidad de los aparatos del Estado para juzgarlos a ellos la expresaban así: “lo que el Estado no fue o no pudo ser en materia de justicia, no puede pretender serlo al llevar a cabo un proceso de paz”, insistiendo en la dificultad del Estado para ejercer justicia por sus problemas de legitimidad y por ser el máximo responsable de las conductas criminales durante el conflicto, que no se restringen solamente a sus agentes. (Cfr. Boletín 52, de febrero 27 de 2015). El capítulo 9, referido a las garantías de no repetición, insiste en la necesidad de transformaciones políticas, económicas y culturales para poder superar las causas estructurales de la violencia e insisten, además, en la proscripción de doctrinas anti-comunistas y de seguridad nacional; en el freno al intervencionismo y ayuda militar extranjera; en la desmilitarización de la sociedad, la depuración y reforma de la fuerza armada estatal; el desmantelamiento efectivo de los paramilitares; en la reforma de la justicia para superar el “derecho penal del enemigo”, y la adopción de medidas de protección de los dirigentes políticos y sociales.
La inmensa mayoría de estas propuestas, tan importantes y neurálgicas si no se quiere considerar los derechos de las víctimas como una simple coyuntura funcional a la desmovilización de una guerrilla, fueron a parar seguramente, aunque las FARC no lo expresaron así, al congelador de las SALVEDADES.
El forcejeo entre el Gobierno y las FARC en este punto estuvo empantanado por muchos meses. Quizás en ningún otro aspecto los intereses de las Partes eran tan sensibles, estratégicos y contrarios. Por momentos se creyó que estas discusiones iban a dar al traste con las negociaciones.
Para desempantanar los diálogos, el Presidente Santos tuvo que constituir una comisión extraordinaria de muy alto nivel, conformada por dos ex presidentes de la Corte Constitucional, dos juristas aceptados por las FARC y dos asesores internacionales. Dicha Comisión propuso una fórmula que tuvo aceptación casi inmediata de ambas Partes, pues ofrecía impunidad simétrica para insurgentes y agentes del Estado recurriendo a parámetros de justicia transicional, pero además resolvía el problema de la ilegitimidad del aparato judicial colombiano creando una Jurisdicción Especial, con un componente de jueces internacionales y regida exclusivamente por principios y procedimientos jurídicos de tratados internacionales suscritos por Colombia. Se concedía amnistía a los rebeldes no incursos en crímenes de guerra, en obediencia al DIH (Protocolo II,  # 6.5) y a los incursos en infracciones graves al DIH o en crímenes de lesa humanidad se les ofrecían penas alternativas a condición de confesar verdad plena, quedando sometidos a un tribunal del mismo sistema quienes no confesaran delitos probados, con penas de prisión hasta de 20 años. Un mini-código de procedimiento define allí mismo las competencias de las diversas Salas del sistema y de las diversas Secciones del Tribunal.
La complementación de esta propuesta llevó a incluir allí la Comisión de la Verdad, objeto de un acuerdo previo, así como una Unidad Especial para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y capítulos especiales sobre la reparación y las garantías de no repetición, capítulos estos últimos muy mediocres, sobre todo el de las Garantías de No Repetición, el cual se hunde en retóricas vacías e ineficaces.
Pero mientras las FARC conquistaban algo que las protegía parcialmente de someterse a la putrefacta justicia colombiana, los agentes del Estado se llenaban de temor de que el tipo de justicia que se pactaba en La Habana, quizás más efectiva que la colombiana y fuera de su rutinario control, los hiciera comparecer ante los tribunales. Fue el ex Presidente César Gaviria quien lanzó la voz de alarma. Su mayor pánico se fundaba en una mirada a lo ocurrido en muchos países de América Latina donde los victimarios fueron cobijados con fórmulas atrevidas de impunidad pero, pasados algunos años, tribunales internacionales derogaron las leyes de impunidad como contrarias al derecho internacional y llevaron a generales y ex presidentes a prisión. En un artículo publicado en El Tiempo el 17 de febrero de 2015, Gaviria expresó así su angustia, compartida por la élite dominante:
“(se)deja por fuera a los miles de miembros de la sociedad civil, empresarios, políticos, miembros de la rama judicial que de una u otra manera han sido también protagonistas de ese conflicto y que tienen muchas cuentas pendientes con la justicia colombiana. Ante esta situación, han surgido inquietudes sobre la necesidad de que la justicia transicional también cubra a los sectores no combatientes de las distintas ramas de la sociedad que de alguna manera fueron financiadores, auxiliadores o pactaron compromisos con grupos paramilitares o guerrilleros por beneficios electorales o por simple intimidación y con el fin de adelantar su tarea proselitista. (…) También se corre un altísimo riesgo de que en el futuro los propios miembros de la Fuerza Pública puedan verse acusados injustamente, cuando la Fiscalía General y las otras autoridades judiciales actúen para establecer responsabilidades por cuenta de las muchísimas denuncias que se darán ante la Comisión de la Verdad, o de denuncias presentadas por los ciudadanos en los estrados judiciales o en los medios de comunicación. (...)  Para los miembros de la Fuerza Pública esto implicaría que van a tener que estar pendientes de estas eventualidades por el resto de sus vidas, casi sin posibilidad real de saldar sus obligaciones frente a la justicia. (…) Nuestra Fuerza Pública debe quedar blindada para que no se den en Colombia las vicisitudes a las que ha estado sometida en otros países del continente, donde se han reabierto los procesos después de que los militares habían sido cubiertos por medidas de indulto o punto final. Esto de una u otra manera ha ocurrido en Uruguay, Argentina, Chile y Guatemala. En algunos de ellos, luego de varias décadas después de haber finalizado el conflicto interno, han sido reabiertos los procesos que habían concluido las responsabilidades penales. También se oye que en Colombia muchos oficiales, sin procesos pendientes, tienen más temores por denuncias temerarias en el futuro que los que sí tienen casos abiertos, y ello es tremendamente perturbador para el trámite del proceso. Tampoco podemos, si de veras queremos poner fin al conflicto, elevar responsabilidades penales por cada denuncia que los no combatientes hagan frente a la Comisión de la Verdad.”
Tal pánico de la élite político militar en el poder llevó a que la Mesa se ocupara por varios meses del problema del blindaje del acuerdo en construcción. A la Jurisdicción Especial para la Paz, incluida en un “Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición –SIVJRNR-“ se le asignó la facultad de avocar en forma preferente todo lo relacionado con su mandato y de declarar sus decisiones como Cosa Juzgada irreversible de manera monopólica, pudiendo incluso convocarse después de concluir su mandato para avocar de manera exclusiva cualquier puesta en cuestión de sus decisiones por alguna corte o tribunal diferente (Cfr. Acuerdo No. 5.1.2., numerales 9, 15 y 52 (párrafos 6/7). También se decidió incluir el Acuerdo en la misma Constitución y registrarlo como anexo en documentos del Consejo de Seguridad de la ONU y ante el Consejo Federal Suizo de Berna, garante del DIH, convocando además un plebiscito para refrendarlo, el 2 de octubre de 2016, el cual no obtuvo la mayoría necesaria, por lo cual el Presidente le asignó al Parlamento su refrendación. El Congreso aprobó en marzo de 2017 un Acto Legislativo que crea un título de Disposiciones Transitorias de la Constitución para la terminación del conflicto armado y la construcción de una paz estable y duradera, en el cual incluye una síntesis de la JEP con enmiendas regresivas que se analizarán más adelante.
La superación del pánico de la élite en el poder, compuesta por grandes empresarios, funcionarios, militares, agentes de seguridad y ex presidentes, incluyó otras estrategias tranquilizantes. El Presidente Santos multiplicó asambleas y reuniones con empresarios y militares para asegurarles que no serían perjudicados sino más bien beneficiados por el Acuerdo. A los empresarios los convenció de que, aunque hubieran contribuido intensamente a la creación y accionar de grupos paramilitares, lo habrían hecho “por extorsión” y deberían entonces  identificarse como “víctimas”. Más tarde el Parlamento, en el Acto Legislativo, los exoneraría totalmente (cfr. Artículo 16 transitorio). A los militares los convenció de que todas sus actuaciones en el conflicto armado eran legales, (“presunción de que el Estado ejerce de manera legítima el monopolio de las armas” (5.1.2. / 32), en contraposición a las de la guerrilla que eran ilegales, pero que además el Gobierno había forzado a la guerrilla a aceptar el diseño de un tratamiento privilegiado para los militares que resultaran culpables, tratamiento que hizo aprobar en la Mesa, como diferenciado del de la guerrilla, caracterizado como “equitativo, equilibrado, simultáneo y simétrico”, fórmula que se repitió recurrentemente en los diálogos pero que tuvo su concreción final al arrancarle a la Mesa negociadora de las FARC la facultad para el Gobierno de redactar autónomamente un capítulo sobre dicho tratamiento, que no fuera discutido en la Mesa de las Partes y que 5 días antes de la firma final del Acuerdo (el 19 de agosto de 2016) fue incluido unilateralmente en el texto final, como capítulo adicionado a la Ley de Amnistía y titulado: “Tratamientos Penales Especiales Diferenciados para Agentes del Estado” cuyo contenido se analizará más adelante. El ex Magistrado Juan Carlos Henao, miembro de la Comisión de alto nivel que desempantanó las negociaciones sobre el tema de Víctimas, afirmó: “fue uno de los grandes logros de la negociación…. ¿qué terminaron aceptando las FARC? Ni más ni menos que el Gobierno es el que va a definir cuál será el tratamiento equitativo y equilibrado pero diferenciado, de los agentes del Estado…[10] También a los ex presidentes (incluyéndose el mismo Santos) los tranquilizó incluyendo en el Acuerdo una cláusula que los exime de comparecer a la Jurisdicción Especial, estableciendo que no se modificarán las normas vigentes en el artículo 174 de la Constitución para enjuiciarlos (Cfr. Acuerdo # 5.1.2., numeral 32 parraf. 7), lo que  viola flagrantemente el Estatuto de Roma en su artículo 27. Finalmente, en el numeral 5.1.2./44, eximió de responsabilidad de mando a los comandantes de la fuerza pública, algo que consagraba enormes áreas de impunidad contra lo prescrito en el artículo 28 del Estatuto de Roma, medida que fue muy discutida pero terminó por imponerse en el Acto Legislativo del Congreso (Artículo 24 transitorio).
Al finalizar el año 2015 el punto sobre Víctimas, el más difícil de todos, estaba ya consensuado y la sensación de haber “atravesado ya el Mar Rojo” era generalizada. Tanto que el 15 de diciembre se firmó solemnemente ese punto con presencia de los presidentes Santos, de Colombia, y Castro, de Cuba, y del Comandante de las FARC, Timoleón Jiménez.
Al firmarse el Acuerdo Final en La Habana, de manera muy solemne, el 24 de agosto de 2016, y de manera más solemne aún en Cartagena el 26 de septiembre con presencia de todos los jefes de Estado de América Latina y otras personalidades mundiales, ya se habían incluido principios muy claros de impunidad para la élite en el poder. Sin embargo la presentación mediática del Acuerdo subrayaba un ejercicio de justicia transicional inédito e igual para todas las Partes, que no transigía con la impunidad. Como reza el viejo adagio: “el demonio está en los detalles”.

e)   Sobre fin del conflicto y la implementación de los acuerdos:
Una vez “cruzado el Mar Rojo” en el punto crucial de los derechos de las víctimas, aunque con sus trampas anulatorias sagazmente disimuladas, los diálogos de La Habana se centraron en los puntos 3 (Fin del Conflicto) y 6 (Implementación, Verificación y Refrendación).
El punto 3 implicaba negociar ante todo el cese de fuego bilateral y definitivo así como los mecanismos de dejación de las armas e incorporación de los insurgentes a la vida civil, todo lo cual exigía mecanismos técnicos, calendarios y estructuras internacionales de verificación y monitoreo. Todo ello se pactó con detalle aunque, como todo el país lo ha comprobado, el cumplimiento por parte del Gobierno ha sido desastroso y los calendarios han tenido que ser renegociados repetidas veces. Pero el hecho de desarmarse e iniciarse en prácticas políticas sin armas, exigía como premisa elemental, protegerse frente al accionar aún armado de los contrarios. Un enorme vacío de este punto consiste en no haber discutido ni pactado un desarme correspondiente o al menos una revisión, reducción y transformación del accionar armado del Estado, responsable al menos del 80% de las atrocidades de la guerra. Todo evidencia que el estamento armado del Estado no ha modificado en nada sus doctrinas, ideologías y odios de guerra ni su poderío bélico hundido en océanos de corrupción, anti-democracia y criminalidad. Algo que sí tuvo discusiones intensas en la Mesa fue el fenómeno paramilitar, no ajeno al militar pero con apariencia de independencia y por lo tanto más peligroso aún. El Gobierno y sus voceros negaron rotundamente la existencia del paramilitarismo, pero al llegar tantos centenares de denuncias sobre su accionar persistente y su incremento creciente en numerosas zonas del país, la Mesa se vio forzada, en los últimos meses, a introducir en este punto un capítulo especial referido a la lucha contra las organizaciones criminales, a las cuales llamó eufemísticamente o hipócritamente “sucesoras del paramilitarismo” (# 3.4.), estableciendo 20 estrategias para atacarlas (# 3.4.1. a 3.4.12.), estrategias que, si se examinan desde su eventual eficacia, todas son inútiles, pues todas han sido ensayadas en el pasado sin dar ningún resultado efectivo, permaneciendo simbólicamente como “saludos a la bandera”[11]. El Gobierno rechazó enfáticamente las estrategias útiles que fueron propuestas, consistentes en poner en la mira el apoyo militar, judicial y administrativo a las estructuras paramilitares y monitorear cada acción paramilitar con veedores internacionales, suspendiendo inmediatamente a las autoridades concernidas de la zona afectada hasta  recoger, en plazos perentorios, indicios de su tolerancia y sancionarlos entonces, inmediatamente, con destitución. Pero un Estado que ha incorporado durante tantas décadas el paramilitarismo, ofreciéndole diseños camuflados, entrenamientos y armamentos, asesoría, instrumentos legales, protección e impunidad, no quiere dejar de ser un Estado-Paramilitar, como se ha evidenciado, a todas luces, en el “posconflicto” que va avanzando.
El punto 6 está referido a la implementación, verificación y refrendación del Acuerdo. Fueron concertados mecanismos de verificación con vigencia posible hasta de 10 años, el principal de los cuales es una  Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final –CSIVI-, con 3 miembros de cada Parte (Estado y FARC, con acompañamiento inicial de los gobiernos garantes y acompañantes), a lo cual se sumó un mecanismo de más alto nivel que deberá analizar la información monitoreada por los otros mecanismos  y está conformada por dos personalidades de representatividad internacional: el ex Presidente José Mujica, de Uruguay, y el ex presidente Felipe González, de España. El Instituto Kroc de Estudios Internacionales de Paz de la Universidad de Notre Dame, EE UU, diseña la metodología para medir los avances o incumplimientos y una Secretaría Técnica sistematiza la información. Aún no hay pronunciamientos oficiales sobre el incumplimiento percibido por muchas capas sociales en vivo y en directo. El 7 de julio de 2016 el Congreso había aprobado el Acto Legislativo 01 en el cual se estableció un procedimiento extra rápido (llamado “fast track” o senda rápida) para aprobar leyes derivadas del Acuerdo de Paz y se le concedían facultades extraordinarias al Presidente para expedir decretos con fuerza de ley para implementar los acuerdos, durante 6 meses prorrogables por otros 6. Las crecientes dificultades en el Congreso y en la Corte Constitucional, llevaron al Presidente  Santos a expedir 19 decretos de implementación entre el 25 y el 30 de mayo de 2017.
Pero quizás el “talón de Aquiles” de esta área fue la refrendación. El Presidente Santos había prometido consultar a la sociedad su aprobación a los acuerdos, pero la pertinencia y el método de consulta fueron objeto de grandes controversias. Opuesto rotundamente a la propuesta de las FARC de una Constituyente, Santos optó finalmente por el mecanismo del Plebiscito. Las FARC cedieron también en este punto y ambas Partes se acogieron a lo que la Corte Constitucional decidiera sobre un Proyecto de Ley Estatutaria del Plebiscito (# 6.6.) que el Congreso radicó en la Corte el 18 de febrero de 2016. La Corte lo declaró exequible, a pesar de que reducía el umbral al 13% del potencial votante (Sentencia C-379 del 16 de julio/16) y el mismo día de la firma del Acuerdo en La Habana, el 24 de agosto de 2016, se convirtió en la Ley 1806/16; seis días después el Presidente Santos expidió el Decreto 1391/16 convocando al plebiscito para el 2 de octubre, en el cual 6.431.376  votantes (50.21%) apoyaron el NO y 6.377.182 (49.78%) apoyaron el SI. La Corte había establecido que el resultado sólo era imperativo para el Presidente y, por lo tanto, si perdía la consulta, no podría implementar los acuerdos, aunque podría negociar otros acuerdos y también lo podría hacer el Congreso. Santos optó finalmente por buscar la refrendación en el Congreso, no sin grandes dificultades e intenso lobby.
Lo ocurrido con el Plebiscito reveló en profundidad la crisis política, ética y jurídica del país y concomitantemente la inconsistencia y falsedad del sistema electoral. El gerente  del partido “Centro Democrático” liderado por el ex Presidente Uribe Vélez y abanderado de la campaña por el NO, Juan Carlos Vélez, confesó 3 días después del plebiscito cuáles fueron los ejes motivacionales y estratégicos de su campaña: expresamente optaron por no informar sobre el contenido del Acuerdo, sino que, aconsejados por oscuros asesores internacionales, quienes supusieron que la campaña del SÍ se apoyaría en la esperanza, ellos decidieron apoyarla en “el estímulo a la indignación”; para ello montaron una publicidad ampliamente financiada por dineros que no fueron registrados legalmente, centrada en testimonios manipulados de odio e indignación, en informaciones falsas sobre el Acuerdo y en imágenes alusivas a las FARC y a Venezuela profundamente distorsionadoras de la realidad, todo esto complementado con financiación de buses de fanáticos votantes y con el aporte de una Pastor cristiano experto en oratoria de fanatismo religioso que adicionaba otros argumentos falsos incitadores de indignación[12].
Pero estos hechos están lejos de ser episódicos, casuales o transitorios. La trilogía: manipulación mediática, determinismo económico y fanatismo religioso, instancias a la vez interactivas, dominan las decisiones colectivas que, por lo tanto, las sitúan a años-luz de lo democrático.
Nadie ignora que los medios masivos han impulsado, durante al menos cinco décadas, una estigmatización de las insurgencias y de las izquierdas, considerándolas, además, como una misma cosa. Tal estigmatización se intensifica en períodos electorales y cobra mayor intensidad aún en procesos de paz. Cuando el líder de las FARC, Timoleón Jiménez, empezó a explorar el mundo “civil” en que querían insertarse para cambiar su estrategia bélica de lucha, percibió más en vivo y en directo la estigmatización y se expresó así en un comunicado del 8 de agosto de 2014:
“(…) hemos señalado el alineamiento total de los grandes medios con el sentir de la clase dominante (…) se enfadan sobremanera cuando no expresamos lo que sueñan oír de nosotros. La gran prensa se corresponde en realidad con poderosos consorcios de capital dedicados a la labor específica de difundir su propia manera de pensar en el resto de la sociedad. (…) Así sucede en el campo internacional, en donde el pueblo palestino perseguido y violentado durante setenta años, resulta el verdadero agresor, carece de derecho a la defensa y no tiene otra alternativa que someterse al exterminio decretado por el capital sionista. (…) Y así sucede también en el escenario nacional. Las guerrillas son las responsables de haber iniciado la larga confrontación, y son las verdaderas y únicas responsables de todos los horrores sucedidos en el curso de ella. Mientras tanto se santifican los monstruos civiles y militares, que, por gozar de enormes peculios, tienen asegurada su respetabilidad. La humanidad entera es testigo de la imposición de una manera de pensar según la cual todo aquel que apela a las armas es un bárbaro sin escrúpulos. Sin importar las razones por las que lo haga. Lo cual se difunde haciendo invisible el hecho protuberante de que los más ricos y poderosos fabrican las armas, tienen los más grandes ejércitos y hacen las mayores guerras. (…) La ideología dominante, alimentada diariamente por los grandes medios de la información o de la manipulación, exige en cambio que los de abajo, los rebeldes, los que se oponen a la invasión y al despojo de su patria por Israel, los que combatieron a los gringos en Irak, o los guerrilleros que enfrentan la máquina del horror en Colombia, sean condenados sin piedad. (…) Rechazamos de plano, por ser contraria a la realidad histórica, la idea de que la clase dominante colombiana, sus partidos políticos tradicionales o sus mixturas de hoy, sus gobiernos, el Estado como tal, los grupos económicos, la gran prensa y muchos otros sectores a la sombra del poder, tienen las manos limpias de sangre del pueblo colombiano. (…) No nos sorprende por eso el manto de silencio con el que la gran prensa ha tratado los distintos foros sobre víctimas celebrados hasta la fecha. En todos ellos ha salido a relucir esa gran verdad. Los verdaderos autores y responsables por los horrores de este largo conflicto son ellos. (…)  Para los sectores dominantes en nuestro país la salida política tiene sentido solo si garantiza su reinado absoluto por mil años más, sólo si condena al infierno a los alzados. Y es eso en realidad lo que se oculta tras la nueva andanada retórica y mediática. (…) Achacarnos a nosotros todos los males es el tema de moda. Siempre lo ha sido. Pervertir cuanto decimos, manipularlo, demonizarlo. Nuestra mejor disposición, que existe sin duda, de explicar cuanto sea necesario y asumir las correspondientes consecuencias, sabemos que se enfrenta a la bajeza y la perfidia de quienes aspiraran con desespero a triturarnos. (…) En eso precisamente nos diferenciamos de nuestros adversarios,  ellos solo aspiran a sacarnos del medio para no cambiar nada, para que todo siga igual. Gruñen y amenazan en cuanto se les complica, pero ni modo, somos distintos a ellos”.
Ni en el Caguán ni en La Habana ni en ningún otro proceso de paz se ha comprendido el peso enorme y central que tiene la democratización de los medios para que haya algún asomo de democracia; para que se extirpe una de las raíces más feraces de la violencia, de la injusticia, de las desigualdades; para que se erradique el instrumento más perverso de la esclavitud mental o manipulación de las conciencias.  El plebiscito de Santos permitió ver su podredumbre en un flash que rápidamente fue ignorado y escondido.

Trampas y frustraciones

1)  priorización y selección
La incorporación del Acuerdo de Paz con las FARC a los caóticos armazones jurídicos del Estado colombiano, y sobre todo al sinuoso y perverso mundo político del país, ha recorrido un camino escarpado y conflictivo. Firmado el Acuerdo en La Habana el 24 de agosto de 2016, se firmó de manera más solemne en Cartagena el 26 de septiembre del mismo año con presencia de todos los jefes de Estado de América Latina y otras personalidades mundiales. Fue sometido a consulta plebiscitaria el 2 de octubre siendo rechazado por una exigua mayoría de 0.4%. Entre octubre y noviembre los partidos de extrema derecha que reivindicaron ilegítimamente el monopolio del voto negativo, pues hubo grandes franjas que votaron negativamente con el deseo de que las FARC no se fueran de sus territorios, lograron que el Gobierno y su Mesa negociadora forzaran a las FARC a renegociar lo ya pactado, discutiendo 500 propuestas de enmienda. El 24 de noviembre se firmó un texto enmendado en el Teatro Colón de Bogotá y ese mismo día en la tarde una “Fe de Erratas”. Entre enero y marzo de 2007 el Gobierno le pide al Congreso refrendarlo y el 13 de marzo la Plenaria del Senado aprueba un texto  nuevamente enmendado por el debate parlamentario y conciliado entre Senado y Cámara, referido solamente al Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición. Todo esto llevó a modificar los calendarios de implementación y comienza el proceso paquidérmico de cumplimientos e incumplimientos. Ya al borde del vencimiento de las facultades otorgadas al Presidente por el Acto Legislativo 01 de 2016 para expedir decretos con fuerza de ley referidos a la implementación, Santos expide 19 decretos al final de mayo de 2017, habiendo expedido unos pocos previamente.
Cuando las negociaciones apenas comenzaban, en 2012, el Gobierno hizo aprobar del Congreso el Acto Legislativo 01/12, mediante el cual quiso adelantarse a preparar un marco legal para la paz, sin consulta alguna con las FARC y pensando en que los diálogos durarían muy poco tiempo y el Acuerdo esperado debería contar con instrumentos legales que lo facilitaran. Las FARC se opusieron siempre al contenido de dicho acto legislativo y sólo lo aceptaron al final de las negociaciones. En dicho instrumento se adoptaba la Justicia Transicional (artículo transitorio constitucional # 66) y se abría el camino a una futura ley estatutaria, pero en su párrafo 4 establecía que: “Tanto los criterios de priorización como los de selección son inherentes a los instrumentos de justicia transicional. El Fiscal General de la Nación determinará criterios de priorización para el ejercicio de la acción penal (…) el Congreso de la República, por iniciativa del Gobierno Nacional, podrá mediante ley estatutaria determinar criterios de selección que permitan centrar los esfuerzos en la investigación penal de los máximos responsables de todos los delitos (…) En consecuencia y para facilitar la selección, el mismo artículo autoriza “la renuncia condicionada a la persecución judicial penal de todos los casos no seleccionados”.
En el debate e información púbica, esta norma ha pasado desapercibida, pero su aplicación podría llevar a lo ocurrido en El Salvador, donde entre las decenas de miles de crímenes, se escogieron 34 por ser los que produjeron conmoción nacional. Si la JEP recibe millares (probablemente millones) de casos, la impunidad podría apoyarse en esta norma para dejar en profunda frustración a las víctimas. El Estado renunciaría a la persecución penal de los victimarios (en su inmensa mayoría) y tal impunidad tendría el estatus de “cosa juzgada”.


2) ¿Víctimas del conflicto armado
o de violación sistemática de sus derechos humanos?

En el texto de la Jurisdicción Especial para la Paz se adoptó una fórmula, repetida reiterativamente, para definir quiénes deben o pueden acogerse a ella: los responsables de conductas delictivas cometidas “por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado” (versión pos plebiscito en 5.1.2. # 9).
El Presidente Santos reconoció en su gobierno que realmente existía un conflicto armado, lo que su antecesor había negado rotundamente. Pero al observar las consecuencias de ese reconocimiento, el Vice Fiscal, Jorge Fernando Perdomo, afirmó que a quienes más había perjudicado jurídicamente la negación del conflicto armado era a los militares, pues no podían invocar el DIH como ordenamiento rector de la guerra y justificar todo –incluso los “falsos positivos- como allí lo dice Perdomo, como actos legítimos de guerra.[13]
En efecto, el Gobierno y los militares habían descubierto que si todas sus acciones armadas las protegían bajo el paraguas del conflicto armado, podían ampararlas en el Derecho Internacional Humanitario y por esa vía blindarlas con la Ley Estatutaria del Fuero Penal Militar, en búsqueda de aprobación desde 2013, donde está previsto el mecanismo adecuado para que los miembros de la fuerza pública responsables de asesinatos de no combatientes (incluso los autores de “falsos positivos”) se despojen de su carácter delictivo, al definir dicha Ley como “blanco legítimo” a cualquier civil que participe en “hostilidades”, o sea, en actos que produzcan algún daño a personas o bienes civiles o militares y tengan alguna relación con las hostilidades (artículos 10 y 11 del proyecto de ley estatutaria) o simplemente a cualquier civil que en el momento de actuar el miembro de la fuerza pública tenga la convicción de que es un “blanco legítimo” (ibid. Art. 14).  Si se lograba que todos los crímenes de Estado fueran considerados como episodios del CONFLICTO ARMADO, los acuerdos de paz podrían completar la impunidad de los militares, pues no haría falta siquiera presentarse a la Jurisdicción Especial para la Paz, ya que la privación de la vida tendría un eximente de antijuridicidad por estar dirigida a un “blanco legítimo” y constituir un “acto legítimo de guerra”. Tal eximente de antijuridicidad se le había retirado a las conductas de los guerrilleros en sus combates, mediante la sentencia C-456/97 de la Corte Constitucional, reduciendo el delito político a un delito de opinión.
Pero esto falsea profundamente la realidad. Ciertamente existe el conflicto armado hace muchas décadas y una parte importante de la violencia y de las víctimas están estrechamente ligadas al conflicto armado. Pero hay una violencia enormemente mayor que no está ligada sino en la mente del gobierno y de los militares, por conveniencia propia, al conflicto armado. Las víctimas de crímenes de Estado son enormemente más numerosas que las del conflicto armado: son los genocidios de fuerzas políticas, de sindicalistas, de movimientos campesinos, de opositores políticos, de activistas sociales, de defensores de derechos humanos, que jamás fueron combatientes ni pensaron en serlo; piénsese en los “falsos positivos” que se cuentan por miles e involucran a todas las brigadas militares. Se calcula que un 80% de víctimas de la represión no tienen nada que ver con el conflicto armado aunque hayan intentado mediáticamente hacerlas aparecer como relacionadas con el mismo.  La única manera que tienen los agentes del Estado de darle alguna apariencia legal a un crimen de ejecución, desaparición, masacre, bombardeo, etc. es presentar a las víctimas como “combatientes”. De allí que la versión pos Plebiscito del Acuerdo, en el No. 32 del apartado de justicia (5.1.2.) afirme que “en particular los miembros de la Fuerza Pública, ostentan el ejercicio legítimo de la fuerza y sus acciones se presumen legales”.
Evidentemente este tipo de violencia no puede ser analizado ni procesado por idénticos parámetros jurídicos que los crímenes de guerra. El haber  fusionado todo esto causa otra frustración profunda; pone obstáculos infranqueables a los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de  no repetición, y falsea radicalmente la historia nacional.

3. aceptación y legalización de una simetría ilegítima
Las negociaciones de paz casi siempre han constituido un pugilato en el cual lo político, lo ético y lo jurídico prueban fuerzas y ordinariamente vence lo que más favorece intereses inconfesables. El poder más fuerte en la Mesa de negociaciones era, por supuesto, el Gobierno, el cual siempre ha contado con el eventual manejo de los medios de información al servicio de sus intereses. El discurso reiterativo del Presidente Santos, asimilado y reproducido por las instituciones, el empresariado y los poderes mediáticos, jugó con argumentos de aparente carácter ético-jurídico pero que en realidad eran políticos: la injusticia de tratar benignamente a los rebeldes, favorecidos por normas de derecho internacional, mientras se trataba con rigidez e indolencia a los servidores del Estado cuyo delito era defender las instituciones. Cualquiera percibe los sofismas escondidos en tal discurso: ni se ha tratado benignamente a los rebeldes sino como a los criminales más atroces, ni los servidores públicos han defendido las instituciones sino que han deslegitimado al Estado con sus crímenes. En esas trampas del lenguaje se apoyó la frustración más profunda, pues la población identificada con principios éticos, jurídicos y sociales, esperaba del proceso de paz una justicia limpia, que reconociera el altruismo de quienes corrieron todos los riesgos y sufrimientos por buscar un país más equitativo y humano, si bien se aceptaba que en el desarrollo de la guerra habían delinquido, y que reconociera al tiempo la violación sistemática de los derechos más sagrados de amplias franjas de población, desconociendo normas elementales de convivencia y del derecho internacional por parte de servidores públicos y actuara con eficacia para que eso nunca más se repitiera. Triunfó finalmente el principio de simetría, apoyado en los sofismas mediáticos que favorecían a las capas en el poder.
Desde el Derecho y desde la Ética se valora con una gravedad enormemente mayor el crimen de un agente del Estado que masacra, desaparece, tortura, viola, bombardea, desplaza, priva ilegalmente de la libertad, amenaza, destruye la confianza en las instituciones, hace montajes, manipula perversamente la justicia, participa en campañas de terror y de difamaciones y trata de justificar todo eso mediante camuflajes de falsa legalidad, si se tiene en cuenta que al tiempo está privando a la ciudadanía de la protección que el Estado le debe por imperativo ético y por ley, dejándola sin amparo y sin derechos. Frente a esto, en los crímenes de guerra de los rebeldes hay que valorar el compromiso con una causa de justicia, sacrificando la elemental tranquilidad personal y de su entorno familiar y abocando sufrimientos y privaciones enormes, si bien la violencia inherente a la guerra se desborda y degrada en infracciones que de todas maneras tienen que ser  justiciables. A todas luces, la simetría aparece terriblemente repugnante pero el pragmatismo del poder terminó por imponerla.
La multitud de crímenes de Estado sufridos en tantas décadas de violencia había alimentado la ilusión de que algún día se impondría la justicia, y que un proceso de paz era ocasión privilegiada para esclarecer esos crímenes, sancionarlos y corregirlos, tomando medidas para que nunca se repitieran. Esta es la frustración más honda, pues la SIMETRÍA se proyectó, además, en el texto de los acuerdos, en múltiples formas de impunidad estatal.

4)   extirpación del tímido ensayo de jurisdicción universal
La filosofía jurídica y política que desde la Revolución Francesa comienza a proyectar en derecho positivo los consensos seculares del derecho natural, con expresiones preliminares en las versiones del Derecho de Gentes del Derecho Romano y en numerosos filósofos, teólogos y juristas renacentistas y que adquiere desarrollos progresivos en la Organización de Naciones Unidas, sobre todo a partir de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, ha consolidado como uno de sus pilares fundamentales el principio según el cual la protección de la dignidad esencial del ser humano trasciende toda legislación, jurisdicción y soberanía nacional y apela a una juridicidad universal “erga omnes” (que implica a todo el mundo) cuando se quebranta una norma de “ius cogens” (o norma absolutamente imperativa). Una sentencia del Tribunal Internacional de Justicia reconoció explícitamente esa juridicidad universal imperativa[14], explicada así por un experto: “todos los Estados están legitimados para exigir la protección de los derechos esenciales, derivados de normas de ius cogens que generan obligaciones erga omnes. Ello supone aceptar el principio de que todos los Estados están capacitados para reclamar la responsabilidad del Estado autor de un hecho internacionalmente ilícito particularmente grave, quebrándose de esta forma el esquema bilateral de la responsabilidad internacional (…) descubriendo en todo Estado un interés jurídico en recobrar el respeto de la obligación y, en su caso, un derecho de acción en caso de incumplimiento[15]  Es claro, entonces, que el sujeto activo para reclamar las obligaciones de cualquier Estado en esa área esencial de la dignidad humana es la humanidad entera, o sea, el género humano como tal.
La Corte Penal Internacional ha encarnado en teoría esa jurisdicción universal, pero lo ha hecho de la manera más ineficiente posible, por someterse a la presión de los poderes políticos mundiales proyectados en el Consejo de Seguridad de la ONU. Ante el repudio universal, se ha limitado a enjuiciar casos de África y en su casi totalidad casos de interés de jefes de Estado africanos que buscan reprimir a sus grupos de oposición (lo más contrario a su propio Estatuto), dejando de lado los aberrantes genocidios mundialmente repudiados, como los de Palestina, Irak, Siria, Kurdos, Armenios, Sahara, etc. Sin embargo el principio como tal sigue en pie y uno de sus ejercicios famosos fue el Caso Pinochet, en el que la misma Cámara de los Lores del Reino Unido reivindicó el principio de jurisdicción universal.
En las negociaciones de La Habana, la fórmula que desempantanó el punto sobre Víctimas y Justicia, al encontrar salidas que sustrajeran el ejercicio judicial de la corrupta e ineficiente justicia colombiana, contempló la inclusión de un porcentaje de jueces internacionales, tanto en las Salas como en el Tribunal (5.1.2. # 65). Tal adopción, todavía tímida, de la jurisdicción universal, quedó en firme cuando el Acuerdo fue suscrito solemnemente en La Habana y en Cartagena, pero en las enmiendas negociadas con la extrema derecha en el Pos-Plebiscito, esa tímida expresión naufragó. Y algo peor se infiltró en el Acuerdo renegociado: introducir códigos, normas e instituciones propias del aparato judicial colombiano al lado de los referentes jurídicos exclusivos que se habían consensuado en La Habana, como eran los tratados internacionales de derechos humanos, DIH y derecho penal internacional (5.1.2. # 19).  Un “Caballo de Troya”, sin embargo, ya se había infiltrado en el texto de La Habana previo a la firma, al aceptar que en el tratamiento diferenciado para los miembros de la fuerza pública se valoraría “lo establecido en las reglas operacionales de la fuerza pública en relación con el DIH” (5.1.2. # 44). Pero en el Pos-Plebiscito se abrió el gran boquete de infiltración de referentes jurídicos internos, como el Código Penal, la Reglas Operacionales de la Fuerza Pública, la colaboración de la Fiscalía y la posibilidad de acuerdos de cooperación con la Fiscalía (5.1.2. # 67). Lo lamentable de todo esto, fuera de la enorme crisis de legitimidad que todo el mundo percibe en el aparato judicial colombiano dados sus elevados niveles de corrupción, ineficiencia e irrespeto a sus propias normas, es que el derecho interno colombiano ha mezclado en sus instrumentos muchas aberraciones jurídicas y procedimientos espurios que son la proyección del dominio de poderes políticos, intereses sectarios e ideologías  elitistas y anti-democráticas sobre la legislación y los códigos.
Extirpar el tímido ejercicio de jurisdicción universal, bajo la presión de la extrema derecha política, equivale a reivindicar una soberanía judicial ilegítima sobre los crímenes de lesa humanidad, sobre los crímenes de guerra y sobre los genocidios, cuyo interés jurídico le corresponde, imperativamente, a la humanidad como humanidad. Tal concepción de la “soberanía” equivale, de parte del Estado colombiano, a gritarle a la humanidad: déjennos cometer atrocidades y juzgarlas de acuerdo a nuestros intereses y arbitrio sin que el resto de los humanos se entrometan en lo que no les importa. ¡No hay derecho!

5) desaparición de las responsabilidades de mando
Ya desde antes de la firma solemne del Acuerdo en La Habana se había transigido en desconocer una antigua norma de derecho internacional, adoptada también en el Estatuto de Roma: la responsabilidad de mando de los jefes militares que les hace compartir la responsabilidad de sus subordinados. La razón de esto se funda en que el manejo de las armas debe rodearse de las máximas cautelas porque pone en riesgo la vida de los ciudadanos y por ello el accionar armado tiene que estar sometido al más riguroso y minucioso control jerárquico. Por ello, una sentencia de la Corte Constitucional de Colombia afirma: “si un superior no evita un delito de lesa humanidad, por ser garante se le imputa el resultado lesivo del inferior y no el simple incumplimiento de un deber funcional” (Sentencia SU-1184/01, pg. 31).
Por el contrario, el Acuerdo de La Habana reza: “En ningún caso la responsabilidad de mando podrá fundarse exclusivamente en el rango, la jerarquía o el ámbito de jurisdicción. La responsabilidad de los miembros de la fuerza pública por los actos de sus subordinados deberá fundarse en el control efectivo de la respectiva conducta, en el conocimiento basado en la información a su disposición antes, durante y después de la realización de la respectiva conducta, así como en los medios a su alcance para prevenir, y de haber ocurrido, promover las investigaciones procedentes “ (5.1.2. # 44).  Esto contrasta con lo establecido en el Artículo 28 del Estatuto de Roma, el cual establece que:
 “a) El jefe militar o el que actúe efectivamente como jefe militar será penalmente responsable por los crímenes de la competencia de la Corte que hubieren sido cometidos por fuerzas bajo su mando y control efectivo, o su autoridad y control efectivo, según sea el caso, en razón de no haber ejercido un control apropiado sobre esas fuerzas cuando:
i)Hubiere sabido o, en razón de las circunstancias del momento hubiere debido saber que las fuerzas estaban cometiendo esos crímenes o se proponían cometerlos; y ii)No hubiere adoptado todas las medidas necesarias y razonables a su alcance para prevenir o reprimir su comisión o para poner el asunto en conocimiento de las autoridades competentes a los efectos de su investigación y enjuiciamiento.
b) En lo que respecta a las relaciones entre superior y subordinado distintas de las señaladas en el apartado a), el superior será penalmente responsable por los crímenes de la competencia de la Corte que hubieren sido cometidos por subordinados bajo su autoridad y control efectivo, en razón de no haber ejercido un control apropiado sobre esos subordinados, cuando: i) Hubiere tenido conocimiento o deliberadamente hubiere hecho caso omiso de información que indicase claramente que los subordinados estaban cometiendo esos crímenes o se proponían cometerlos;  ii) Los crímenes guardaren relación con actividades bajo su responsabilidad y control efectivo; y  iii) No hubiere adoptado todas las medidas necesarias y razonables a su alcance para prevenir o reprimir su comisión o para poner el asunto en conocimiento de las autoridades competentes a los efectos de su investigación y enjuiciamiento.”
Cualquiera percibe que la eventual excusa de “no saber” lo que estaban haciendo sus súbditos puede cobijar con la mayor facilidad la impunidad de los más horrendos crímenes. En Colombia ha hecho carrera la excusa: “eso fue a mis espaldas” para exonerar a los más altos responsables de los delitos, pero además en la historia de nuestra violencia abundan casos en que cadenas de crímenes sistemáticos perpetrados por unidades militares durante períodos de muchos años “no eran de conocimiento de sus comandantes”. Por eso el Estatuto de Roma no incorpora esa fórmula evasiva sino que exige analizar lo que un comandante “hubiere debido saber en razón de las circunstancias del momento”.  El Acuerdo, refrendado por el Congreso luego de largos debates, optó por la fórmula más evasiva, la más favorable a la impunidad.

6) refinamiento unilateral
de la impunidad de agentes del Estado

El 19 de agosto de 2016 (5 días antes de la firma final en La Habana) el Gobierno introdujo un ANEXO de ACUERDO ESPECIAL sobre tratamiento penal diferenciado para agentes del Estado. Como se registró antes, el ex Magistrado Juan Carlos Henao, integrante de la comisión de alto nivel que había destrabado el acuerdo sobre víctimas y justicia, comentó con admiración que el Gobierno hubiera logrado obtener de las FARC ese privilegio excesivo para los agentes del Estado, el cual fue incorporado como Título III de la Ley de Amnistía.
Dado que la amnistía o el indulto sólo pueden aplicarse a grupos rebeldes y jamás a servidores públicos, pues eso equivaldría a aplicar la fórmula del “delincuente que se perdona a sí mismo su delito”, el Gobierno se inventó una amnistía con otro nombre para sus agentes, entre ellos los miembros de la fuerza pública, responsables del mayor número de crímenes horrendos durante las décadas de conflicto armado,  amnistía que se llama “renuncia a la persecución penal”, mucho más generosa que la amnistía clásica: extingue la acción penal, la responsabilidad penal y la sanción penal, motivándose en una “necesidad de reconstrucción de confianza y terminación del conflicto”.
Si bien no procede en casos de crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra, genocidios, ni en delitos no cometidos por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado ni tampoco en delitos contra el servicio, la disciplina los intereses de la fuerza pública, el honor y la seguridad militar, también en estos casos aplica el privilegio de ir a centros de reclusión de su misma institución. En el caso de crímenes de lesa humanidad también disfrutarían de los beneficios generales de la JEP.
Si la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP considera probado el hecho de que las conductas fueron cometidas por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado, el caso será asumido por la JEP, pero goza de privilegios adicionales como:  impedir el inicio de nuevos procesos por esas conductas; hacer tránsito a cosa juzgada material, sólo revisable por el Tribunal para la Paz;  eliminar antecedentes en bases de datos; anular responsabilidades o sanciones disciplinarias, fiscales o administrativas; impedir acciones de repetición; eliminar efectos retroactivos laborales u otros; en caso de rechazo a las decisiones solamente obraría un recurso de reposición ante la misma Sala o de apelación ante la Sección de Apelaciones del Tribunal para la Paz y sólo por solicitud del destinatario de la resolución. Los agentes de Estado beneficiarios gozarán de libertad transitoria condicionada y anticipada desde la entrada en vigencia de la ley. Si están detenidos o condenados y se someten a la Sala para el mecanismo de renuncia a persecución penal, se puede solicitar la libertad inmediata ante el Secretario Ejecutivo de la JEP, libertad que no exige antes la definición de la Sala. Podrán  reingresar a la fuerza pública luego de la absolución definitiva de responsabilidad por la JEP. Para obtener libertad transitoria condicionada y anticipada, sólo se exigirá haber sido condenados o procesados por conductas en relación con el conflicto que no constituyan crímenes de lesa humanidad o similares, salvo si han estado privados de libertad por 5 o más años, bastaría aceptar libremente acogerse a la JEP y hacer un compromiso de contribuir a la verdad, a la no repetición y a la reparación. El lugar de privación de la libertad será siempre una unidad militar o policial y los beneficiarios contarán con un sistema de asesoría y defensa gratuita del Estado.
El Congreso en su labor de refrendación modificatoria regresiva del Acuerdo, añadió un privilegio más para que los militares no se sientan inferiores a los rebeldes que cambian sus armas por la política: también los miembros de la fuerza pública sometidos a la JEP podrán ser empleados públicos, trabajadores oficiales o contratistas del Estado cuando no estén privados de su libertad, además de la reincorporación al servicio activo prevista en la ley 1820 de 2016 (Acto legislativo 01/17, Art 2 que agrega un parágrafo al Artículo 122 de la Constitución).
Era evidente desde el principio de las negociaciones que la meta del Gobierno era lograr la máxima impunidad para sus agentes a pesar de estar implicados en los crímenes más numerosos y horrendos durante las décadas del conflicto, así como antes y después. Las estrategias no fueron secretas:  1) Lograr que los crímenes de lesa humanidad que no tuvieran nada que ver con el conflicto armado sino que eran conductas de represión ilegal y criminal contra civiles desarmados que pensaban distinto (movimientos sociales, víctimas u oposición política) se asimilaran a actos de conflicto armado (en relación directa o indirecta o con ocasión de …)  2) Una vez asimilado o fusionado lo que no era asimilable, justificar toda acción de los agentes estatales como “defensa de la institucionalidad” o “defensa de la patria”, cuando en realidad era destructiva y deslegitimadora de la institucionalidad y destructiva de los ciudadanos indefensos de la nación. 3) Desmontar, no mediante argumentos jurídicos sino con argumentos emotivos manipulados, la diferencia jurídica, reconocida ancestralmente en el Derecho, entre el tratamiento a los rebeldes y a los agentes  de un Estado incursos en crímenes de lesa humanidad.   4) Utilizar intensas campañas mediáticas para hacer aparecer a los insurgentes como criminales comunes y a los agentes del Estado como “héroes”, evitando toda discusión pública sobre las características de los hechos y las estadísticas concretas[16]. 5) Presentar el proceso de paz como una derrota militar y rendición de la guerrilla, “derrota” conquistada por la fuerza pública que la hacía merecedora a privilegios de recompensa.
Todas estas estrategias quedaron consignadas en el discurso del Presidente Santos en la ceremonia de ascensos militares el 19 de diciembre de 2015, cuando ya estaba acordado el texto fundamental del punto 5 (Víctimas):
“(...) Si nuestras Fuerzas, si nuestros soldados, si nuestros policías hubiesen sido ineficaces, no hubiesen sido victoriosos en el campo de batalla, la posibilidad de un proceso de esa naturaleza simple y llanamente no existiría... yo no iba a permitir que se repitiera la injusticia de ocasiones anteriores donde los soldados y policías acaban en la cárcel y los guerrilleros acababan libres (...) no permitiría que nuestra doctrina militar o policial fuese discutida con las FARC. Hemos cumplido con lo prometido desde hace cinco años... 
(...) partimos de la base -y aquí hay el principio de la diferenciación-, partimos de la base de que todo lo que hace nuestra fuerza pública es legítimo... todo lo que hace nuestra fuerza pública es por defender a los colombianos dentro de la Constitución y las leyes, dentro de la legitimidad. Mientras que los otros, todo lo que hacen es por fuera de las leyes, por fuera de nuestra Constitución, y ahí hay una diferencia del cielo a la tierra... 
Lo que se decida en esa Jurisdicción no podrá ser cuestionado o reabierto por ninguna otra instancia. Y eso nos debe dar una gran tranquilidad, porque el propósito es cerrar definitivamente este conflicto... 
...la privación efectiva de la libertad se hará en los establecimientos previstos en el régimen penitenciario y carcelario establecido por las propias fuerzas, conforme a un principio que está ahí contenido, del tratamiento diferenciado.  
(...) algo muy importante: nuestros soldados y nuestros policías que hoy están en la cárcel, que hoy están cumpliendo una pena, podrán someter ante este Tribunal una revisión de su caso. Y en muchos casos automáticamente saldrán libres por cumplimiento de la pena porque la pena será muy inferior a la que se le impuso si es que el tribunal lo considera culpable y si es inocente con mayor razón.  
...si esto no se hacía yo no firmaba la paz.”
Sobra todo comentario.  

7) absolución anticipada de los máximos responsables
Cuando en un país se produce una violación generalizada de los derechos humanos fundamentales durante un tiempo prolongado, nadie ha puesto en duda de que allí están implicadas políticas de Estado al menos “de omisión”, las que ordinariamente resultan de mayor eficacia. Esto lo ha comprendido la humanidad desde tiempos inmemoriales. Por ello, incluso antes de que se produjera la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), al finalizar la II Guerra Mundial los Aliados montaron un Tribunal Internacional para enjuiciar a los criminales Nazis y, en ausencia de una legislación internacional convencional al respecto, emitieron el Estatuto de Nüremberg, que si bien era avalado por los vencedores de la guerra, se erigió como base de un Derecho Internacional que comenzó a desarrollarse en la Organización de Naciones Unidas. Ya ese Estatuto de Nüremberg establecía en uno de sus principios que “El hecho de que la persona que haya cometido un acto que constituya delito de derecho internacional haya actuado como Jefe de Estado o como autoridad del Estado, no lo exime de responsabilidad conforme al derecho internacional” (Principio III). Este principio se ha reproducido en numerosos instrumentos internacionales y tiene vigencia en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, firmado y ratificado por el Gobierno colombiano, en cuyo Artículo 27 se lee: “El presente Estatuto será aplicable por igual a todos sin distinción alguna basada en el cargo oficial. En particular, el cargo oficial de una persona, sea jefe de Estado o de Gobierno, miembro de un gobierno o parlamento, representante elegido o funcionario de gobierno, en ningún caso lo eximirá de responsabilidad penal ni constituirá, per se, motivo para reducir la pena”.
El Acuerdo de Paz, sin embargo, estableció una inmunidad de facto para los ex presidentes (5.1.2. # 32 parr. 7 y Art. 5 transitorio, parr. 10 del Acto Legislativo 01 del 4 de abril de 2017) al prescribir que la JEP “no modificará las normas vigentes aplicables a las personas que hayan ejercido la Presidencia de la República de conformidad con lo establecido en el art. 174 de la C.P”. Al dejar en manos de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes la puerta al enjuiciamiento de los ex presidentes, seguramente lo hace con la consciencia de que se trata del organismo más ineficaz de la institucionalidad colombiana, que en 131 años sólo ha producido una sentencia y ello bajo la presión unificada de los dos partidos de la élite.[17]
En la Constitución de 1991se le asigna al Presidente la responsabilidad principal y la garantía de los derechos y garantías ciudadanas (Art. 188: “al jurar el cumplimiento de la Constitución y de las leyes, se obliga a garantizar los derechos y libertades de todos los colombianos”); en el Artículo 189 se le dota de atribuciones adecuadas para poder cumplir lo anterior, al asignarle la dirección de la fuerza pública en calidad de comandante supremo (numeral 3) y al otorgarle la facultad de libre nombramiento y remoción de sus agentes (numerales 1 y 13) y el Artículo 198 lo hace “responsable de sus actos u omisiones que violen la Constitución y las leyes”.  Sobre estos fundamentos constitucionales, las comunidades victimizadas han clamado en toda nuestra historia para que el Presidente cumpla con su deber de garantía tomando las medidas que la Constitución le impone, pero lo único que se ha logrado es el aumento progresivo de la barbarie militar y paramilitar.[18] Ahora el Acuerdo de Paz los declara inmunes de facto.

8) esfumación de la centralidad de las víctimas
En el texto de la agenda de las negociaciones promulgado en La Habana y en Oslo  en agosto de 2012 se afirmó: “resarcir a las víctimas está en el centro del acuerdo Gobierno Nacional / FARC-EP”.  Además, tanto el Gobierno como las FARC reconocieron que la presencia  de delegaciones de víctimas en La Habana había sido un hecho impactante para ambas Partes que le había dado motivaciones profundas a la búsqueda de la paz. De allí que en los lineamientos generales del punto 5 se hablara de “la participación de las víctimas por diferentes medios y en diferentes momentos”  y al establecer los Criterios Orientadores (#5.1.1.1.1.) se habló de “garantizar la participación de las víctimas del conflicto”.  Sin embargo, a medida que se desarrolla ese capítulo, las víctimas y sus organizaciones van desapareciendo y sólo en los numerales 47, 48 y 67 se habla de los informes que deben entregarle a la Unidad de Investigación y Acusación. Su papel va quedando reducido al de ser informantes, a la par que los órganos de control del Estado (Fiscalía, Procuraduría, Justicia Militar etc.)
Durante la re-negociación del Acuerdo con la extrema derecha en el Pos Plebiscito, a la reducida participación de las víctimas como “informantes” se les restringió a los 2 primeros años la posibilidad de presentar informes y se añadió además una amenaza, la cual se reiteró durante la refrendación del Acuerdo en el Congreso: si los informes eventualmente contienen indicios de acusaciones falsas, se compulsarán copias para que la jurisdicción ordinaria procese a las organizaciones informantes. (Cfr. 5.1.2. # 4748 parra. 11 – Acto legislativo 01 de 2017, Artículo 7 transitorio, parr. 5).
Si en realidad las víctimas se hubieran considerado como protagonistas centrales del Acuerdo, se habrían diseñado espacios de participación más amplios y decisorios, principalmente su intervención en las Salas y en el Tribunal para la Paz con posibilidad de nombrar abogados y de controvertir a sus victimarios y exigirles una verdad plena así como garantías de reparación y no repetición. Pero el diseño actual de participación es exiguo y de muy escasa o  nula incidencia. Todo confirma, finalmente, que el propósito acariciado por el Gobierno era garantizar impunidad de sus agentes y de preservarlos al máximo de acusaciones y exigencias de verdad y justicia por parte de las víctimas.

9) absolución del empresariado criminal
Cualquier análisis de las características del Estado Colombiano lo evidencia como Estado-Botín de una élite minoritaria que acapara todos los bienes y facultades del Estado poniéndolos al servicio de sus propios intereses. Analistas de prestigio sobre épocas intensas de violencia así lo han descrito, entre ellos el dominico y sociólogo francés Louis Joseph Lebret, el politólogo estadounidense Paul Oquist, el sociólogo ucraniano-colombiano Juan Fride y muchos otros. El desarrollo mismo de este proceso de paz y de los anteriores ha demostrado que lo primero que los gobiernos quieren salvar es la inmunidad e impunidad de sus agentes civiles y militares y la del gran empresariado nacional e internacional que domina, en unidad de intereses con esos agentes, la economía nacional. Nadie ignora que ese empresariado ha tenido responsabilidades enormes en la violencia y en la negación de los derechos humanos, sobre todo por su incentivación y financiación del paramilitarismo. De allí que las negociaciones de paz en el tema Víctimas y Justicia incluyeran el sometimiento del empresariado involucrado, a la justicia transicional.
La Jurisdicción Especial para la Paz JEP abrió espacios para que el empresariado se sometiera a sus mecanismos de privilegio judicial, en condiciones similares a las de los militares y guerrilleros. Pero así como el Gobierno se dedicó a conquistar condiciones de excesivo privilegio para los militares y a elaborar un discurso falso de su participación en el conflicto, también se ocupó de elaborar un discurso similar para exonerar de justicia al empresariado.

El 30 de agosto de 2016 el Presidente Santos asistió al Congreso de Analdex, acompañado de su Canciller, del Alto Comisionado de Paz y del militar negociador plenipotenciario del Gobierno en La Habana, ex General Jorge Enrique Mora Rangel. Su mensaje a los empresarios fue una fórmula de evasión a la justicia, entusiasmadamente acogida: alegando extorsión podrán limpiar su nombre ante la Justicia Transicional. Les insistió en que la Justicia Especial para la Paz será una oportunidad para que los empresarios que han sido víctimas de extorsión limpien su nombre. Y en ese sentido precisó que solamente quienes sean responsables de crímenes de lesa humanidad podrán ser juzgados por el Tribunal y añadió que esa iniciativa se había trabajado con los mismos empresarios. Según sus palabras, “Hay una serie de normas, de códigos, de decisiones, para que cualquier empresario que se vea involucrado en cualquier caso, pueda acudir a la Justicia Transicional y limpiar su nombre. Y solamente, óigase bien, solamente aquellos terceros, empresarios o no, que en forma habitual y determinante sean responsables de crímenes de lesa humanidad, solamente en esos casos el Tribunal los podrá juzgar (…)Si fueron extorsionados, si contribuyeron a algún grupo, van y dicen: Mire, efectivamente, a mí me boletearon y yo pagué durante un año, dos años, tres años, cuatro años; o me amenazaron de secuestro y yo pagué, o yo participé en un fondo que financiaba un grupo de autodefensa. Y va y dice la verdad y queda limpio de por vida. Le borran cualquier mención en la justicia ordinaria”.[19]

Cuando el texto del Acuerdo fue objeto de nuevas enmiendas regresivas en el Congreso para su refrendación, en el Artículo 16 transitorio del Acto Legislativo 01/17,la competencia sobre terceros se restringió al máximo al reducirla a quienes hubieren tenido una “participación determinante” en los crímenes más graves definidos en el Estatuto de Roma, pero explicando que “Se entiende por participación determinante para estos efectos aquella acción eficaz y decisiva en la realización de los delitos enunciados”. Cualquiera entenderá que ese no fue el ámbito de participación de los empresarios en los crímenes sino su financiación, la cual, con esta definición, queda excluida.


10) anulación de los crímenes de lesa humanidad
y de las prácticas de genocidio

Ya desde el Estatuto de Nüremberg (1946) se consideró y se estableció que el CRIMEN DE LESA HUMANIDAD, cuyo interés jurídico no corresponde a una víctima ni a un grupo de víctimas sino a la humanidad entera en cuanto género humano, tiene como una de sus notas específicas la de no referirse a una víctima individual sino a una comisión sistemática o en gran escala.
El Comentario Oficial de la Comisión de Derecho Internacional de la ONU sobre el Proyecto de Código de Crímenes contra la Paz y la Seguridad de la Humanidad, completado definitivamente en 1996, afirma sobre el Artículo 18, referido al Crimen de Lesa Humanidad:   “La cláusula inicial de la definición establece las dos condiciones generales que deben darse para que alguno de los actos prohibidos constituya un crimen contra la humanidad comprendido en el presente código. La primera es la comisión sistemática o en gran escala. Esa primera condición se compone de dos requisitos alternativos. El primero exige que los actos inhumanos se cometan de forma sistemática, es decir, con arreglo a un plan o política preconcebidos. La ejecución de ese plan o política podría llevar a la comisión repetida o continua de actos inhumanos. Lo importante de este requisito es que excluye el acto cometido al azar y no como parte de un plan o una política más amplios (…) El segundo requisito alternativo exige la comisión en gran escala, lo que quiere decir que los actos se dirijan contra una multiplicidad de víctimas. Este requisito excluye el acto inhumano aislado cometido por un autor por su propia iniciativa y dirigido contra una sola víctima”[20].
 El Tribunal Internacional para la Antigua Yugoslavia interpreta así esas notas específicas: “Solo los crímenes que, ya sea por su magnitud y salvajismo o por su gran número o por el hecho de que un parámetro similar fuera aplicado en diferentes momentos y lugares, y pusiere en peligro a la comunidad internacional o impactara la conciencia de la humanidad, justificaría la intervención de Estados diferentes de aquel en cuyo territorio han sido cometidos los crímenes o cuyos súbditos se han convertido en víctimas.  Así, pues, el énfasis no está en la víctima individual sino más bien en la colectiva, siendo el individuo victimizado no por sus atributos individuales sino más bien a causa de ser miembro de una población civil en la mira. Se ha interpretado esto en el sentido de que los actos, como se explicó antes, deben realizarse sobre bases de gran escala o sistemáticos (…) (Caso No IT-94-I-T, Opinion and Judgment, 7 May 1997, No. 644).
También el GENOCIDIO constituye un crimen que afecta a la humanidad como tal y busca destruir la identidad de grupos. El creador del término Genocidio, el polaco Rafael Lemkim, lo concibió en dos fases: la primera busca destruir la identidad nacional del grupo oprimido y la segunda la imposición a los sobrevivientes de la identidad nacional del opresor.
Como lo advierte Daniel Feierstein, Director del Centro de Estudios sobre Genocidio en la Universidad Tres de Febrero de Buenos Aires, Argentina, el ejemplo del Genocidio Nazi es profundamente ilustrativo: “El propósito del nazismo no fue solamente exterminar ciertos grupos (étnicos, nacionales y políticos, entre otros) sino transformar la sociedad alemana y europea, mediante la ausencia de tales grupos, transformación que probó eventualmente ser exitosa. En particular, uno de los efectos más duraderos del Genocidio Nazi de judíos y gitanos fue la desaparición del internacionalismo y el cosmopolitanismo, que eran elementos constitutivos de la identidad alemana y europea. El rasgo fundamental, pues, de esta más reciente interpretación de “la destrucción parcial de un grupo nacional” es que concentra nuestra atención en el objetivo más amplio del Genocidio y en la modalidad con que apunta al conjunto de la población de un territorio particular. Invita a las sociedades a reflexionar sobre cómo la destrucción ha configurado sus propias prácticas sociales, eludiendo la alienación inherente a la consideración del Genocidio como el sufrimiento de otros.[21]
El aparato judicial colombiano ha sido reacio a aplicar estos conceptos jurídicos a pesar de pertenecer al derecho consuetudinario y también al derecho convencional en tratados que llegan hasta el Estatuto de Roma, ratificado por Colombia. Jueces y magistrados se han negado a tenerlos en cuenta alegando que no han sido traducidos al derecho interno, aunque recientemente se han calificado ciertos magnicidios como crímenes de lesa humanidad pero con la intención de evitar la prescripción ya inminente que dejaría en pública vergüenza a los investigadores. En muy pocos casos se ha aplicado correctamente el concepto de crimen de lesa humanidad y menos el de genocidio. Pero ambos reflejan nuestra cruda realidad que el Estado se niega a reconocer. En efecto, los numerosos casos en que miles de crímenes obedecen a libretos y propósitos idénticos y revelan políticas innegables de destrucción de colectividades pensantes y actuantes en determinada dirección y, en consecuencia, la imposición de una identidad nacional en que no quepan las colectividades destruidas. Piénsese en el genocidio sindical y campesino extendido por décadas; el genocidio indígena; el genocidio de la UP y de numerosos colectivos políticos; el exterminio en Trujillo, El Carmen de Chucurí, San José de Apartadó, el Bajo Atrato, el Catatumbo, el Cauca, con centenares de muertes mediante un idéntico libreto, o los mismos millares de Falsos Positivos cuyo carácter sistemático es inocultable toda vez que comprometió a todas las brigadas militares.
Esta fue una de las enmiendas más dañinas del Acuerdo de Paz en su paso por el Congreso para su refrendación modificatoria regresiva: en el artículo transitorio 12 del Acto Legislativo 01 de 2017, párrafo 5, se lee:  “En las actuaciones que adelanten los órganos de la JEP no se podrá presumir el carácter masivo o sistemático de las conductas punibles investigadas, ni que el hecho ha sido cometido como parte de un plan o política o como parte de la comisión en gran escala de tales crímenes; todo ello deberá acreditarse de conformidad con prueba legalmente producida”.
La prueba de la sistematicidad o de la gran escala la impone la misma realidad y los investigadores sólo deben constatarla con la ayuda del conteo y la confrontación de casos y contextos. Quizás los congresistas pensaron en exigir “testimonios” probatorios de sistematicidad o de gran escala, ya que nuestra “justicia” ha estado fundada exclusivamente en el testimonio, pues éste es manipulable por el soborno o la amenaza y así se han consolidado en su impunidad millones de expedientes que dejan ilesos a los victimarios.

11) evasiva radical a las garantías de no repetición
Una de las frustraciones más profundas que se experimentan al leer el Acuerdo de Paz se relaciona con el capítulo sobre “Garantías de No Repetición” del punto 5 (#5.1.4.), pues es un texto vacío de su propio tema y se contenta con sólo mencionar los demás temas. Su conclusión lo reconoce al afirmar: “las garantías de no repetición serán resultado por una parte, de la implementación coordinada de todas las anteriores medidas y mecanismos, así como en general de todos los puntos del Acuerdo Final; y por la otra de la implementación de medidas adicionales de no repetición que se acuerden en el marco del Punto 3 ·Fin del conflicto” de la Agenda del Acuerdo General”.
La más elemental lógica exige que para garantizar la no repetición de alguna práctica es necesario hacer un diagnóstico de los factores y mecanismos que la determinaron y facilitaron. Las “líneas rojas” del Presidente Santos, de no tocar el modelo económico ni el político ni el militar, para un buen entendedor significan una negativa rotunda a analizar las factores determinantes del conflicto. La vaga promesa de que no se volverá a incurrir en las prácticas del pasado es desmentida por toda nuestra historia nacional.
Si fue quedando claro que la insurgencia se originó en el despojo brutal de la tierra y en el cierre rotundo a alternativas políticas y sociales, el conflicto social más profundo y el que produjo un número monstruosamente mayor de víctimas se fundó en una represión sistemática que optó por exterminar a los movimientos sociales y políticos que reivindican derechos o proponen alternativas. Tal modelo represivo tuvo sus factores determinantes y coadyuvantes, tales como la injerencia ideológico-militar de Estados Unidos y su conducción de las políticas de seguridad durante casi un siglo; las doctrinas impuestas del “enemigo interno”, “seguridad nacional” y “anticomunismo”, refrendadas por estrategias de exterminio, presencia y dominio militar extranjero, paramilitarismo y adoctrinamiento militar en la Escuela de las Américas; crecimiento exagerado del aparato y del presupuesto militar y eliminación de mecanismos de control ciudadano de sus prácticas (justicia militar); politización y corrupción de la justicia haciéndola funcional al polo estatal y elitista del conflicto; dominio de los medios masivos e imposición de cánones de censura y manipulación; irrespeto y exterminio de la oposición mediante el terror; uso de la tortura, la desaparición forzada, el genocidio, el desplazamiento forzado, la prisión ilegal y arbitraria y otras numerosas prácticas violatoria de los derechos humanos elementales, y dominio financiero-elitista del aparato electoral como medio de corrupción y control sistemático de las instituciones.
Sin un análisis profundo de estos factores; sin un reconocimiento explícito del papel que han jugado en el conflicto social y en el conflicto armado y sin unas estrategias correctivas convincentes, no existirán, ni de lejos, garantías de no repetición.
La comunidad internacional se extraña de que un “fin de conflicto” no incluya al menos una reducción sensible del pie de fuerza y del presupuesto militar. A quienes conocen la ideología represiva y el influjo en ella de los Estados Unidos, les aterra que no haya un reconocimiento ni una estrategia de poner fin a la presencia militar extranjera ni una declaración de independencia de sus fatales asesorías. La red mundial de organizaciones humanitarias deplora la impunidad negociada con el estamento castrense y se pregunta cómo puede esperarse un futuro más respetuoso del ser humano mientras los represores y perpetradores de crímenes de lesa humanidad permanecen intocables y con derecho a continuar en sus instituciones, a ocupar puestos públicos y a contratar con el Estado. Todos nos escandalizamos de las declaraciones de la fuerza pública en las que niegan la existencia misma de su doctrina militar, cuando muchos conocemos sus manuales y pactos secretos en los que incorporaron numerosos principios y prácticas criminales.
El reconocimiento de los errores es principio ineludible de un cambio que lleve a no repetir las atrocidades. Negar, silenciar, ocultar o disimular esos errores, revela intenciones implícitas de repetirlos.

Miradas de conjunto
Si algo queda claro luego de recorrer el proceso y de analizar sus logros es que las raíces del conflicto no fueron abordadas; que las “líneas rojas” del Presidente Santos no fueron cruzadas; que un alto nivel de impunidad  fue conquistado por los agentes del Estado y sectores de la élite económico política, con enorme superioridad al nivel conquistado por la guerrilla; que fueron desconocidos muchos principios de derecho internacional; que predominó en los acuerdos un lenguaje abstracto y retórico sin concretarse en referencias a tiempos, lugares, cantidades, responsables y modalidades; que las maquinarias de la corrupción, de la exclusión y de la represión quedaron intactas y en fin, que la concepción de la paz esgrimida por el Gobierno miraba más a blindar a los sectores de poder frente a eventuales ejercicios de justicia internacional y a tranquilizar a los inversionistas extranjeros, que a erradicar los factores generadores de la violencia.
La respuesta del Presidente Santos y de sus representantes en la Mesa frente a las pretensiones de las FARC en los diversos puntos, consistió en decirles: si buscan ese tipo de cambios, tienen que abandonar la lucha armada, integrarse a la vida política tal como existe, conquistar votos en las elecciones y, si llegan eventualmente al poder, implantar las reformas que buscan mediante los mecanismos constitucionales. Tal tesis, aparentemente correcta, está fundada en una trampa, pues ese camino es absolutamente imposible mientras no se democraticen los medios de información y comunicación y los procedimientos electorales. Sin embargo, las propuestas de democratización de esas dos instancias, expresadas en la Mesa, fueron negadas rotundamente. Así, entonces,  quedó blindado el sistema en su corrupción y antidemocracia.  
Los avances evaluativos de los acuerdos registran hasta el momento un nivel casi total de cumplimiento por parte de las FARC y un alto nivel de incumplimiento por parte del Gobierno, reforzado éste por un clima político hostil, liderado por el ex Presidente Uribe y otras facciones de derecha, las cuales se apuntalan en la tergiversación mediática y en la mentira cruda para poner trabas a la implementación de acuerdos de tan débil incidencia en las rutinas socio políticas.
Hay que celebrar que las FARC hayan decidido dejar de articular las armas con la política, pero hay que deplorar al mismo tiempo que el Estado y sus brazos paramilitares no hayan hecho lo mismo, siquiera en un bajo nivel. Esto lleva a que ahora el accionar armado, preocupantemente en incremento desbordado, sirva a los más inconfesables objetivos e intereses y ponga en alto riesgo a los mismos desmovilizados, exterminándolos, en seguimiento de una larga tradición histórica.
Quienes creemos que la única paz auténtica es aquella que se identifica como producto o efecto de la justicia, la vemos demasiado lejos.



[1] En el siglo XIX hubo 9 guerras civiles nacionales, 14 regionales y múltiples revueltas locales; el siglo XX, iniciado con la “Guerra de los Mil Días”, conoció períodos atroces de violencia, como la de los años 40 y 50, antes de que se iniciara la proliferación de las insurgencias armadas en los años 60.
[2] Gómez, Fabio Hernán, Concentración del poder económico en Colombia, Centro de Investigación y Acción Social CIAS (hoy CINEP), Bogotá, 1974
[3] En 2009, según el Instituto Codazzi, el índice Gini era de 0.885: cita de Juan Camilo Restrepo, ex Ministro de Agricultura, en La Cuestión Agraria, Penguin Randon House Grupo Editorial, Bogotá, 2014, pg. 126-127
[4] Honoré, Anthony Maurice, The Right to Rebel, Oxford Journal of Legal Studies, vol. 8, No. 1, pg. 34-54
[5] El paramilitarismo fue impuesto como fruto de la Misión Yarborough –febrero de 1962- de la Escuela de Guerra Especial de USA – en cuyas directrices secretas ordena conformar grupos mixtos, civiles y militares, con el fin de “realizar acciones terroristas paramilitares contra los simpatizantes del comunismo”.  Casilla 319 de Archivos de Seguridad Nacional, Bilioteca Kennedy. Cfr. Michael McClintonck, Instruments of Statecraft, Panteon Books, New York, 1992, pg. 222
[6] Las cifras de Monseñor Germán Guzmán son cálculos hechos desde su libro La Violencia en Colombia, 1968; las de Diego Fernando Otero Prada de su libro Las Muertes del Conflicto Colombiano en el Período  1964-2008, Universidad Central, Bogotá, 2010, pg. 68, libro que incorpora las cifras del Banco de Datos de CINEP desde 1988 a 2008. No se tienen en cuenta las víctimas de desplazamiento forzado que se acercarían a 10 millones desde 1946.
[7] Cfr. Artículo de Marisol Gómez en El Tiempo el 18 de octubre de 2012, relato de Oslo.
[8] Texto del discurso de Santos el 12 de julio de 2015
[9] Aunque el Gobierno con todos sus aparatos de inteligencia y seguridad y con la asesoría extranjera del más alto nivel no pudo aportar una sola prueba de la participación de las FARC en el tráfico internacional de drogas ilícitas, los medios masivos siguen difundiendo esa tesis de manera persistente sin posibilidad de probarla. Quien escucha las emisiones de cadenas radiales como Caracol, RCN, las emisoras militares y de la Policía, así como periódicos de amplios tirajes y canales televisivos da por sentado que las FARC son “el mayor cartel mundial del narcotráfico”. Uno se pregunta si algún día esos “periodistas” o “analistas”, tipo Darío Arismendi, Diana Calderón, Juan Carlos Florez, los habituales invitados de “Hora Veinte”, etc. tendrán que responder penalmente  por tantas calumnias y difamaciones.
[10] http://www.eltiempo.com/politica/justicia/juan-carlos-henao-habla-sobre-acuerdos-jurídicos-en-la-habana/16463621
[11] El documento se insertó bajo el numeral 3.4 del punto 3 (Fin del Conflicto), articulándolo con el · 3.6 (Garantías de Seguridad) y el 3.7 (esclarecimiento del fenómeno paramilitar) y comprende estrategias como: un pacto político entre partidos y sectores sociales de no promover el paramilitarismo; una comisión nacional de garantías de seguridad; una unidad de investigación por fuera de la JEP; un cuerpo élite policial; garantías para fiscales y jueces; un sistema de seguridad para el ejercicio de la política; medidas de protección y seguridad personal y colectiva; una instancia de alto nivel en el sistema de seguridad para el ejercicio de la política; un delegado presidencial como secretario técnico de la instancia anterior; un programa de protección para los integrantes del nuevo partido; una sub-dirección en la UNP; una Mesa Técnica de Seguridad y Protección; ejecutar programa de reconciliación, convivencia y prevención de la estigmatización (del punto 2); medidas de autoprotección; programas de seguridad para comunidades y organizaciones en sus territorios; un instrumento de prevención y monitoreo de organizaciones criminales; un mecanismo nacional de supervisión e inspección de servicios de vigilancia y seguridad privada; medidas contra la corrupción; instrumentos de control institucional; medidas para contener la penetración de organizaciones y conductas criminales. Nada de esto es novedoso, todo ha existido o se ha ensayado en diversos momentos pero nada, nada de esto ha funcionado pues les falta el alma: la voluntad política real de erradicar el paramilitarismo.
[12] Ver apartes de dicha confesión en el artículo de Daniel Coronell: La Grabación, revista Semana, edición 1831, junio 4 a 11 de 2017, pg.19
[13] http://www.eltiempo.com/politica/entrevista-con-elvicefiscal-general-jorge-fernando-perdomo/16483255
[14] Sentencia del 5 de febrero de 1970, caso Barcelona Traction Light and Power Company Limited
[15] Antonio Blanc Altemir: “La violación de los derechos humanos fundamentales como crimen internacional”, Bosch Casa Editorial, S. A.,  Barcelona, 1990, pg. 93-95
[16] Cfr. El video “Apuntando al Corazón”, que pone al descubierto el diseño de campañas mediáticas con utilización de mecanismos perversos de manipulación de conciencias para crear una imagen positiva del papel represor de la fuerza pública.
[17] Según la Corporación Excelencia de la Justicia (2015) tal Comisión existe desde 1886. Luego de la Constitución de 1991, entre 1992 y 2014 recibió 3496 denuncias, de las cuales 1957 fueron archivadas y 1530 quedaron sin resolver. El 30% de ellas (1048) fueron contra Presidentes de la República y no tuvieron ningún efecto.
[18] En el sólo caso de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó, van 36  derechos de petición a los Presidentes, sin obtener ninguna respuesta efectiva sino más bien el desacato a varias sentencias de la Corte Constitucional. En el caso de las atrocidades del ESMAD son innumerables los llamados apremiantes para que el Presidente contenga y sanciones tantos crímenes, sin lograr absolutamente nada.
[19] Párrafos transcritos por El País, Cali, agosto 30 de 2016
[20] Doc. Suplemento No. 10 (A/51/10), 1996, pg. 101 y 102.
[21] El concepto de Genocidio y la destrucción parcial de un Grupo Nacional, Por: Daniel Feierstein, digital.

sábado, 4 de noviembre de 2017

Vigencia de Marx


Contribuciones del pensamiento Bolivariano para la elaboración de una Ética de la libertad




https://www.youtube.com/watch?v=5dvC1mlRByg&t=1193s

¿Cómo votará el conservatismo la reglamentación de la JEP?

Partido Conservador 
Senador Hernán Andrade

¿Cómo votará el conservatismo la reglamentación de la JEP?


Sí a la paz, sí a la JEP, sí a la implementación, pero hay observaciones que se deben hacer sobre la participación en política, si la Fuerza Pública está conforma y sobre todo el narcotráfico. Es decir el debate es para eso pero si está todo claro pues el respaldo será pleno.

Pero a estar alturas del partido prohibir la participación política de las FARC hasta que se sometan a la JEP ¿No es echar para atrás todo lo acordado en Cuba?

No porque siempre se ha partido de que no hay inhabilidades para presentarse a la política, pero vamos a resolver ese tema porque es elemental que haya sanciones así que eso hará parte del debate porque la sociedad espera que ellos se sometan.

¿Los conservadores están pidiendo dádivas al Gobierno a cambio de apoyar la JEP?


No y la pregunta ofende porque no puede ser que por tener cuestionamientos se diga que se están pidiendo puestos, siempre salen con ese cuento y deben entender que la paz está por encima de todo.

Queremos contarte. ¿Que es el Parlamento Andino?


Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador y el Perú firmaron el Acuerdo de Cartagena, con el propósito de mejorar, juntos, el nivel de vida de sus habitantes mediante la integración y la cooperación económica y social.

De esa manera, se puso en marcha el proceso andino de integración, conocido entonces como Pacto Andino, Grupo Andino o Acuerdo de Cartagena. El 13 de febrero de 1973, Venezuela se adhirió al Acuerdo. El 30 de octubre de 1976, Chile se retiró de él.


Actualmente, la Comunidad Andina (CAN) está compuesta por: Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú.


Actualmente, la Comunidad Andina (CAN) está compuesta por: Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú.


Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador y el Perú firmaron el Acuerdo de Cartagena, con el propósito de mejorar, juntos, el nivel de vida de sus habitantes mediante la integración y la cooperación económica y social.

De esa manera, se puso en marcha el proceso andino de integración, conocido entonces como Pacto Andino, Grupo Andino o Acuerdo de Cartagena. El 13 de febrero de 1973, Venezuela se adhirió al Acuerdo. El 30 de octubre de 1976, Chile se retiró de él.



El Parlamento Andino Apoya a los gobiernos de los países miembros en la armonización de las legislaciones, así como en la regionalización de políticas públicas y prácticas gubernamentales exitosas que contribuyan a mejorar la calidad de vida y el bienestar de la población andina. Igualmente, fortalecer el Proceso Andino de Integración por medio de la construcción de una ciudadanía andina y del fomento de la participación ciudadana.
El Parlamento Andino es el Órgano Comunitario, Deliberante, de Representación Ciudadana y de Control Político del Sistema Andino de Integración. Cuenta con personería jurídica internacional y capacidad de ejercicio de la misma, de conformidad al ordenamiento jurídico supranacional que lo rige. (Reglamento General del Parlamento Andino, Título 1, Capítulo 1, Artículo 6)
Los Poderes Legislativos pertenecientes a un país que haya solicitado la condición de Miembro Asociado a la Comunidad Andina, de conformidad con el procedimiento establecido en el Artículo 136 del Acuerdo de Cartagena, y que haya sido aceptado como tal, podrán designar de entre sus miembros a representantes titulares y suplentes de conformidad al presente Reglamento, quienes gozarán del mismo régimen consagrado para los Parlamentarios Andinos, a excepción del voto. (Capítulo II, Artículo 134, Reglamento General).
Las acciones y pronunciamientos del Parlamento Andino se regirán conforme a los siguientes principios:
Integración, democracia, garantía de derechos, interculturalidad complementariedad con otros procesos de integración.


Las Comisiones del Parlamento Andino son las siguientes (Reglamento General, Art. 58):

Comisión Primera ‘De Política Exterior y Relaciones Parlamentarias para la Integración’.
Comisión Segunda ‘De Educación, Cultura, Ciencia, Tecnologías de la Información y la Comunicación’.
Comisión Tercera ‘De Seguridad Regional, Desarrollo Sustentable, Soberanía y Seguridad Alimentaria’.
Comisión Cuarta ‘De Desarrollo e Integración Económica, Producción, Competitividad y Complementariedad, Infraestructura y Energía’.
Comisión Quinta ‘De Derechos Humanos, Desarrollo Social y Participación Ciudadana
Para lograr lo anterior, el Parlamento Andino ha definido cuatro ejes misionales:
Armonización Legislativa: mediante el desarrollo de Marcos Normativos sobre temáticas de relevancia para la región.
Participación Ciudadana: a través de programas democráticos de participación de jóvenes líderes, denominados ‘Parlamentos Andinos Juveniles y Universitarios’.
Control Político: mediante el seguimiento a los órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración.
Fortalecimiento de la Integración Regional: por medio del relacionamiento y líneas de cooperación con Parlamentos regionales y nacionales; así como con organismos e instituciones especializadas en diversos temas vitales para la ciudadanía andina.

Las Comisiones especiales serán establecidas por la Plenaria para asuntos de especial importancia y trascendencia institucional del Parlamento Andino.
 
Las Comisiones Ad-Hoc son aquellas establecidas por la Mesa Directiva para asuntos específicos y temporales a las que se les señalará, de manera precisa, sus objetivos, funciones y el término en que deban cumplir su mandato.

Estarán conformadas de la misma manera que las Comisiones Permanentes, y su duración dependerá de los requerimientos institucionales del Parlamento Andino. (Reglamento general, Artículo 59).








Alcalde Peñalosa entrega nuevas obras en San Cristóbal que benefician a más de 400 mil personas

En el barrio La Victoria, el alcalde entregó una cancha sintética,
juegos para niños y gimnasios para adultos mayores, 
obras por más de 8.608 millones de pesos.
El alcalde Enrique Peñalosa entregó para los habitantes de la  localidad de San Cristóbal una cancha sintética y adecuaciones en el  parque La Victoria, además de un salón comunal. De esta manera la administración Peñalosa beneficiará a 414.020 personas entre niños, jóvenes y adultos que no contaban con espacios recreodeportivos seguros y adecuados.

En la localidad antes había dos canchas de asfalto que estaban deterioradas. Con la cancha sintética entregada y las adecuaciones del parque La Victoria, obras por 8.608 millones de pesos.


“Estos juegos que tenemos aquí son de los mejores que se pueden tener a nivel internacional: hay canchas de pasto sintético, juegos especiales, gimnasios para adultos mayores… es un parque que va a construir felicidad en la localidad de San Cristóbal“, afirmó Peñalosa.


La administración Peñalosa
ha entregado 11 canchas sintéticas
 Es así como esta localidad ya cuenta con dos canchas de baloncesto en asfalto, dos zonas de juegos infantiles con mobiliario de última tecnología, que tienen juegos multicolores con piso en caucho para la protección de los menores.
La administración de Peñaloza  espera que al finalizar
 el cuatrienio se entreguen 100 canchas

Así mismo el parque tiene dos zonas de gimnasios al aire libre con aparatos multifuerza, senderos peatonales, cerramientos de protección y contra impacto, desagües, módulos de vestier, baños, cafetería y administración.

Igualmente fueron entregadas dos canchas en grama sintética de fútbol 5, cada una con cerca de 35.000 usos al año.



El salón comunal Juan Rey segundo sector, que también fue entregado por el alcalde Peñalosa, tuvo una inversión de 1.027 millones de pesos y beneficiará a 5.000 habitantes de los barrios Juan Rey I, San Manuel, Ciudad Londres y Villa Aurora.

"Es un salón comunal para que toda la comunidad lo use y ojalá que acá haya muchas actividades culturales, fiestas sociales, clases de gimnasia, danza…, que sea un centro cultural maravilloso que lo disfrute toda la comunidad", dijo Peñalosa.

Así mismo, el alcalde anunció que en La Victoria próximamente se entregará un parque zonal y un gran centro recreacional, que tendrá zonas para gimnasia, para danza, un estudio de música, piscina cubierta y salones para clases.

La administración Peñalosa ha entregado 11 canchas sintéticas y hay otras 40 que están en obra. Se espera que al finalizar el cuatrienio se entreguen 100 canchas.