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martes, 7 de julio de 2020

Se alteró la estrategia pública de humedales en Bogotá. (Audio tiempo - 2 minutos)

 Clic al Link para escuchar la noticia. 

https://drive.google.com/file/d/1pU4XxcsF5qh-yxXD5jBewnxsi1LCOUNb/view?usp=sharing

Bogotá.



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https://drive.google.com/file/d/1pU4XxcsF5qh-yxXD5jBewnxsi1LCOUNb/view?usp=sharing


El Juez cuarto Administrativo de Bogotá emitió la nulidad del decreto 565 de 2017 que alteró la estrategia pública de humedales en Bogotá.

Esta transformación admitía  algunas obras determinadas sobre estos ecosistemas para que se ajustaran   a  lo preparado en el POT.

La modificación sancionada en 2017, era:

 “La Secretaría Distrital de Ambiente garantizará que las intervenciones en los humedales se realicen conforme a los usos y condiciones establecidas para los parques ecológicos distritales de humedales en el Decreto 190 de 2004 - POT de Bogotá, el que lo modifique, derogue o sustituya”.

Los usos que contempla el POT están:

“3. Usos condicionados: Centros de recepción, educación e información ambiental para los visitantes del parque: senderos ecológicos, peatonales y para bicicletas: dotacional de seguridad ligado la defensa y control del parque: demás infraestructura asociada a permitidos”.

El presente fallo de nulidad representaría un cambio cardinal a la  reforma hecha en 2017 y no toleraría este tipo de obras en el contexto de la  estrategia pública  distrital de humedales