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miércoles, 18 de diciembre de 2024

El Congreso de Colombia aprueba ley que prohíbe el matrimonio de personas menores de edad

Un avance en la protección de los derechos de la niñez 

Por. Editson Romero Angulo 

Productor de Contenidos Informativos.

Este artículo analiza la reciente aprobación en el Congreso de Colombia de una ley que prohíbe el matrimonio infantil, un paso crucial para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes. La normativa busca erradicar las uniones forzadas en menores de 18 años, con énfasis en prevenir la vulnerabilidad de las niñas frente a la violencia y la exclusión social. 

A través de la ley “Son niñas, no esposas”, el país se alinea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU, promoviendo la equidad de género y el acceso a oportunidades educativas y de desarrollo. El artículo explora las implicaciones legales, sociales y culturales de esta medida, destacando su impacto positivo en la garantía de derechos y el cumplimiento de acuerdos internacionales.

Introducción

El matrimonio infantil es una problemática mundial que vulnera los derechos fundamentales de la niñez, especialmente de las niñas. Según UNICEF, esta práctica afecta a millones de menores cada año, exponiéndolos a situaciones de violencia, abandono educativo y limitaciones en su desarrollo personal y profesional. En respuesta a esta realidad, el Congreso de Colombia aprobó en 2024 una ley que prohíbe el matrimonio de personas menores de 18 años, una iniciativa que representa un avance significativo en la defensa de los derechos humanos y el cumplimiento de acuerdos internacionales como los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas.

El presente artículo revisa el contenido y contexto de esta ley, analiza su impacto en el desarrollo de la niñez y evalúa sus implicaciones legales y sociales.

1. Contexto y antecedentes del matrimonio infantil en Colombia


El matrimonio infantil es una práctica que ha persistido en Colombia, principalmente en zonas rurales y contextos de vulnerabilidad socioeconómica. La falta de acceso a educación, las desigualdades de género y los patrones culturales tradicionales han perpetuado las uniones tempranas, especialmente en niñas. Estas prácticas exponen a las menores a riesgos de violencia de género, embarazos precoces y exclusión educativa.

La aprobación de la ley “Son niñas, no esposas” responde a un esfuerzo político y social por proteger los derechos de las niñas y garantizar su desarrollo integral, alineándose con tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, particularmente la meta 5.3, que busca eliminar el matrimonio infantil para 2030.

2. Contenido y alcance de la ley

La normativa aprobada establece:

1. Prohibición de matrimonios y uniones tempranas: Se prohíben los matrimonios o uniones donde uno o ambos contrayentes sean menores de 18 años.

2. Creación de un programa nacional de apoyo: Se implementará un programa destinado a garantizar los proyectos de vida de niñas, niños y adolescentes.

3. Acciones preventivas y educativas: La ley fomenta campañas de sensibilización sobre los riesgos del matrimonio infantil y la promoción de la igualdad de género.

La senadora Clara López Obregón, del Pacto Histórico, calificó la medida como un acto “civilizatorio” que reconoce a las niñas como sujetas de derechos y no como objetos. 

Por su parte, Jennifer Pedraza Sandoval destacó la importancia de garantizar una infancia plena y libre de violencias.

3. Implicaciones sociales y culturales

La aprobación de esta ley tiene profundas implicaciones para la sociedad colombiana:

Protección de los derechos de las niñas: La ley refuerza el derecho de las niñas a la educación, la salud y una vida libre de violencia.

Reducción de la desigualdad de género: Al prevenir matrimonios forzados, se promueve la equidad y se evita la perpetuación de roles patriarcales.

Impacto en la educación: Se fomenta la permanencia de niñas y adolescentes en el sistema educativo, garantizando mejores oportunidades de desarrollo profesional.

Transformación cultural: La normativa desafía tradiciones culturales que han normalizado las uniones tempranas, incentivando un cambio de mentalidad hacia el respeto de los derechos de la niñez.

4. La ley en el contexto internacional


La medida adoptada por Colombia se suma a los esfuerzos globales liderados por organizaciones como UNICEF y ONU Mujeres, que buscan la erradicación del matrimonio infantil para 2030. Esta decisión refuerza el compromiso de Colombia con el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, especialmente en cuanto a la igualdad de género y la reducción de las desigualdades.



Conclusiones

La aprobación de la ley que prohíbe el matrimonio infantil en Colombia representa un avance significativo en la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes. La iniciativa no solo busca evitar prácticas perjudiciales, sino también crear condiciones que garanticen oportunidades educativas, laborales y sociales para los menores. Este paso refuerza el compromiso del país con estándares internacionales de derechos humanos y resalta la importancia de políticas públicas enfocadas en la niñez.

Glosario

1. Matrimonio infantil: Unión formal o informal donde al menos uno de los contrayentes es menor de 18 años.

2. ODS (Objetivos de Desarrollo Sostenible): Agenda global de la ONU para erradicar la pobreza y promover la igualdad hacia 2030.

3. Convención sobre los Derechos del Niño: Tratado internacional que protege los derechos de las personas menores de 18 años.

4. Violencia de género: Cualquier acto que cause daño físico, sexual o psicológico basado en el género.


Bibliografía


UNICEF (2021). El matrimonio infantil en América Latina y el Caribe. Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia.

ONU Mujeres (2020). Datos y cifras: Matrimonio infantil en el mundo.

Cámara de Representantes de Colombia (2023). Resumen del Proyecto de Ley “Son niñas, no esposas”.

Senado de la República de Colombia (2024). Comunicado oficial sobre la aprobación de la ley.

Webgrafía

Senado de Colombia. (2024). Comunicado oficial. Disponible en: www.senado.gov.co

UNICEF. Matrimonio infantil. Disponible en: www.unicef.org

ONU Mujeres. Información sobre el ODS 5.3. Disponible en: www.unwomen.org

Cámara de Representantes. Resumen del proyecto. Disponible en: www.camara.gov.co


sábado, 2 de noviembre de 2024

El Acoso Sexual en Colombia

El Caso de Diego Cancino 

Por. EL HUMANITARIO.

Periodismo Libre E Independiente 

Diego Cancino 
Ex -Viceministro

El acoso sexual es un fenómeno que ha cobrado relevancia en Colombia, reflejando una realidad compleja donde las denuncias, en ocasiones, se convierten en armas de doble filo. El reciente caso de Diego Cancino, ex - viceministro  pone de manifiesto no solo la gravedad de este problema, sino también la controversia que rodea a las denuncias falsas. Este artículo examina el contexto del caso, la percepción de las denuncias falsas y las implicaciones para las víctimas de acoso sexual en Colombia.

Contexto del Caso


En agosto de 2024, Yuly Viviana Vargas Ávila, asesora en el Ministerio del Interior, presentó una denuncia de acoso sexual contra Diego Cancino, lo que generó una ola de atención mediática. La denuncia fue presentada poco después de que Cancino asumiera su nuevo cargo y rápidamente se convirtió en un asunto de interés público, lo que provocó reacciones desde el Gobierno. El Ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, expresó su apoyo a Vargas, subrayando la importancia de un entorno laboral seguro y libre de acoso. Esta respuesta institucional resaltó la gravedad del acoso sexual como un problema sistémico en el ámbito laboral en Colombia.

Por otro lado, Diego Cancino negó las acusaciones, defendiendo su conducta y argumentando que no constituía acoso. Sin embargo, su renuncia, aceptada el 30 de agosto de 2024, refleja la presión social en torno al tema y la seriedad con la que se han tomado las denuncias de acoso sexual en el contexto colombiano. La renuncia de Cancino plantea interrogantes sobre el equilibrio entre la presunción de inocencia y la necesidad de proteger a las víctimas.

Denuncias  y su Impacto

El debate sobre las denuncias falsas es uno de los aspectos más polémicos en la discusión sobre el acoso sexual. Aunque las estadísticas exactas sobre el número de denuncias falsas varían, se estima que un pequeño porcentaje de las acusaciones resultan ser infundadas. Sin embargo, esta percepción puede ser peligrosa, ya que alimenta un escepticismo generalizado que podría desincentivar a las víctimas de presentar denuncias reales.

En el contexto colombiano, donde persiste una cultura del machismo y un estigma en torno a las denuncias de acoso, la falta de confianza en el sistema judicial puede ser un obstáculo significativo para las víctimas. La situación de Cancino resalta esta dinámica: mientras que la denuncia de Vargas podría ser un paso hacia la justicia para muchas, también suscita dudas sobre la veracidad y la manipulación de tales acusaciones.

La existencia de denuncias falsas no debe ser utilizada como un argumento para desacreditar a todas las víctimas. Es esencial reconocer que la mayoría de las denuncias de acoso sexual son legítimas y que la estigmatización de las víctimas puede perpetuar el ciclo de violencia y silencio en torno a este problema. Las implicaciones de la percepción de denuncias falsas son vastas y pueden contribuir a un entorno en el que las víctimas no se sientan seguras al alzar la voz.

La Investigación en Curso


El caso de Diego Cancino sigue bajo investigación, lo que significa que las autoridades trabajan para esclarecer los hechos. Vargas ha continuado en su rol dentro del Ministerio, reafirmando su compromiso con las políticas de seguridad y convivencia. Esta situación indica que el Gobierno busca mantener un entorno en el que las denuncias de acoso sean tratadas con seriedad y rigor, a pesar de la controversia.

El proceso investigativo debe llevarse a cabo con transparencia y sin prejuicios, garantizando que tanto las acusaciones como las defensas sean consideradas de manera justa. La gestión de este caso tiene el potencial de establecer precedentes en la forma en que se manejan las denuncias de acoso sexual en Colombia.

Reflexiones Finales

El escándalo en torno a Diego Cancino resalta la problemática del acoso sexual en el ámbito laboral en Colombia y subraya la necesidad de abordar estos temas con seriedad y sensibilidad. Es crucial que las víctimas se sientan seguras al expresar sus denuncias y que el sistema judicial maneje estos casos con la debida atención. La lucha contra el acoso sexual debe enfocarse no solo en la protección de las víctimas, sino también en la educación y la erradicación de los mitos que rodean las denuncias, incluida la percepción de que muchas son falsas.

La historia de Cancino y Vargas podría convertirse en un punto de inflexión en la defensa de los derechos de las mujeres en Colombia, siempre que se maneje con la seriedad y el respeto que merece. A medida que la sociedad colombiana avanza en la lucha contra el acoso sexual, es fundamental fomentar un diálogo abierto y constructivo que permita a las víctimas buscar justicia sin miedo a ser desacreditadas o desincentivadas por la posibilidad de denuncias falsas. Solo así se podrá construir un entorno más seguro y equitativo para todos.

Glosario

  • Acoso sexual: Conducta no deseada de naturaleza sexual que puede afectar la dignidad de una persona en el entorno laboral o en otros contextos.
  • Denuncias falsas: Acusaciones que se presentan sin fundamento, que pueden dañar la credibilidad de las verdaderas víctimas de acoso.
  • Machismo: Actitud que considera a los hombres superiores a las mujeres y promueve la discriminación de género.
  • Sistema judicial: Estructura de instituciones y procesos encargados de aplicar y hacer cumplir las leyes.
  • Cultura de silencio: Situación en la que las víctimas de abuso o acoso no se sienten seguras para hablar y presentar denuncias.

Bibliografía

  1. Amaya, M. (2021). Violencia de género en Colombia: un estudio crítico. Editorial Pontificia Universidad Javeriana.
  2. Jiménez, A. (2020). El acoso sexual en el ámbito laboral: análisis y perspectivas en Colombia. Revista de Estudios de Género, 12(3), 45-67.
  3. Vargas, Y. V. (2022). Derechos de las mujeres y acoso sexual en Colombia: desafíos y oportunidades. Editorial Alfa.

Webgrafía

  1. Ministerio del Interior de Colombia. (2024). Declaraciones sobre el caso de Diego Cancino. Ministerio del Interior.
  2. El Espectador. (2024). Las implicaciones del caso de Diego Cancino en el contexto laboral colombiano. El Espectador.
  3. Semana. (2024). Denuncias falsas y su impacto en la lucha contra el acoso sexual en Colombia. Semana.

Este artículo académico se ha estructurado para abordar la complejidad del acoso sexual en Colombia a través del caso de Diego Cancino, enfatizando tanto la necesidad de protección para las víctimas como la importancia de manejar las denuncias con seriedad y respeto.