El 12 de enero de 1824, el
Señor General Simón Bolívar, Dictador plenipotenciario del Perú y Presidente de
Colombia decreta la pena de muerte para todos los funcionarios públicos que
hayan “malversado o tomado para sí” parte de los fondos de la nación, medida
que tomó con el fin de reducir el mal de la corrupción en la entonces Gran
Colombia.
A continuación el Decreto
emitido por el Libertador desde el Palacio Dictatorial de Lima.
Teniendo Presente:
1°–Que una de las principales
causas de los desastres en que se han visto envuelta la República, ha sido la
escandalosa dilapidación de sus fondos, por algunos funcionarios que han
invertido en ellos;
2°–Que el único medio de
extirpar radicalmente este desorden, es dictar medidas fuertes y
extraordinarias, he venido en decretar, y
Decreto:
Artículo 1°–Todo funcionario público, a quien se le convenciere en juicio sumario de haber malversado o
tomado para sí de los fondos públicos de diez pesos arriba, queda sujeto a la
pena capital.
Artículo 2°–Los jueces a
quienes, según la ley, compete este juicio, que en su caso no procedieren
conforme a este decreto, serán condenados a la misma pena.
Artículo 3°–Todo individuo
puede acusar a los funcionarios públicos del delito que indica el Artículo 1°.
Artículo 4°–Se fijará este
decreto en todas las oficinas de la República, y se tomará razón de él en todos
los despachos que se libraren a los funcionarios que de cualquier modo
intervengan en el manejo de los fondos públicos.
Imprímase, publíquese y
circúlese.
Palacio Dictatorial de Lima, a
12 de enero de 1824– 4° de la República.
Por orden de S. E.,
SIMON BOLIVAR