Ordenanza 046 de 2025: hacia una vivienda digna y política sostenible en Cundinamarca
Por. Editson Romero Angulo
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En julio de 2025, la Asamblea Departamental de Cundinamarca aprobó la Ordenanza 046 de 2025, promovida por el gobernador Jorge Emilio Rey Ángel y el secretario de Vivienda, Lino Roberto Pombo Torres. Esta normativa busca fortalecer la política departamental de vivienda digna, mediante la creación de los Subsidios de Vivienda de Interés Prioritario Departamental. Se implementan cuatro líneas de intervención: adquisición de vivienda nueva; mejoramiento en zonas urbanas y rurales; apoyo a procesos de autoconstrucción; y reubicación de familias en riesgo o afectadas por emergencias o conflicto armado.
La ordenanza prioriza la inclusión social —en particular, víctimas del conflicto y poblaciones expuestas a sismos recientes— y establece mecanismos articulados para entrega de subsidios, materiales de construcción y reubicación en casos de emergencia, con coordinación entre gobernación, municipios y entidades como las cajas de compensación.
Objetivos
- Reducir el déficit de vivienda en zonas vulnerables.
- Garantizar soluciones habitacionales a poblaciones afectadas por emergencias y conflicto armado.
- Promover procesos de autoconstrucción y mejoramiento en ámbitos urbanos y rurales.
- Establecer mecanismos ágiles para subsidios en situaciones de crisis.
Marco legal y operativo
- Constitución Política de Colombia: derecho a la vivienda digna (Art. 51).
- Ley 3ª de 1991 y Ley 1537 de 2012: definen subsidio familiar en dinero o especie.
- Decreto 226 de 2019: reglamenta operación de subsidios en Cundinamarca.
- Ordenanza 046 de 2017, modificada por la 083 de 2019: creó el fondo “Podemos Casa”.
- Ordenanza 003 de 2020: exención de impuesto de registro para beneficiarios de subsidios VIS/VIP.
Alcance e implementación
Impacto potencial
- Social: acceso a vivienda digna para hogares vulnerables, víctimas y afectados por riesgos ambientales.
- Económico: mejora en condiciones de vida e impulso a mercados locales de construcción y mejoramiento habitacional.
- Territorial: cohesión y desarrollo equitativo en zonas periurbanas y rurales.
- Operativo: respuesta rápida ante emergencias gracias a coordinación institucional.
Conclusión
La Ordenanza 046 de 2025 representa un avance en la política pública territorial de Cundinamarca. Al combinar subsidios, autoconstrucción y alianzas financieras, amplía el acceso a vivienda digna con criterios de justicia social, sostenibilidad y respuesta inmediata en emergencias. Su éxito dependerá de una efectiva reglamentación, articulación interinstitucional y recursos adecuados.
Glosario
Vivienda de Interés Prioritario (VIP): vivienda dirigida a población de menores ingresos, prioritaria dentro de las políticas habitacionales.
Subsidio familiar de vivienda: ayuda estatal, monetaria o en especie, para facilitar acceso a vivienda digna (Ley 3ª/1991, Art. 6°).
Autoconstrucción: modalidad donde los beneficiarios reciben materiales y asesoría para construir o mejorar su vivienda.
Reubicación: traslado asistido de familias situadas en zonas de alto riesgo o afectadas por emergencias.
Podemos Casa: programa departamental de vivienda prioritaria, administrado por fideicomiso asociado a apoyo fiscal y financiero.
Bibliografía
- Ley 3ª de 1991 y Ley 1537 de 2012.
- Decreto 226 de 2019 (Cundinamarca).
- Constitución Política de Colombia, Art. 51.
- Gobernación de Cundinamarca (2025). Ordenanza 046 de 2025.
- Gobernación de Cundinamarca. Secretaría de Vivienda. Normatividad y resoluciones.
Webrafía
- https://www.cundinamarca.gov.co/noticias/undinamarca-aprueba-ordenanza-para-ampliar-subsidios-y-soluciones-de-vivienda-digna
- https://www.cundinamarca.gov.co/dependencias/secvivienda/normativa/Normativa-scde
- https://www.noticiasdiaadia.com/cundinamarca/alianza-vivienda-digna-cundinamarca/